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Viernes, 26 de abril de 2024



NACIONALES


Funcionarios de Servicios públicos esenciales tendrán prohibido manifestarse

Rebajo automático de salario acabaría con las huelgas

Diputados aprueban en primer debate ley que restringe movimientos de protesta

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Miércoles 04 septiembre, 2019


Carlos Ricardo Benavides, presidente del Congreso, fue el gran defensor de la nueva ley que aprobaron los diputados en primer debate. Archivo/La República.
Carlos Ricardo Benavides, presidente del Congreso, fue el gran defensor de la nueva ley que aprobaron los diputados en primer debate. Archivo/La República.


Nueve meses después de iniciar su trámite, la ley que regula las huelgas fue aprobada anoche por 40 diputados en la Asamblea legislativa.

El rebajo automático del salario para quienes se ausenten del puesto de trabajo, es uno de los elementos más importantes de la nueva ley, la cual, aún requiere una segunda votación en el plenario para quedar en firme.

La medida fue aprobada por los legisladores de Liberación Nacional, la Unidad Social Cristiana y el Partido Acción Ciudadana y pone en jaque a los sindicatos como organizaciones sociales.

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“Se trata de ponerle un freno a los abusos de los sindicatos”, dijo Pedro Muñoz, diputado del PUSC.

Por otra parte, se prohíbe los movimientos de protesta en todos los servicios públicos esenciales; es decir, aquellos que ponen en peligro la vida, la salud o la seguridad de las personas, agregó Carlos Ricardo Benavides, presidente del Congreso y propulsor de la nueva ley.

Trabajadores de la Caja, la policía, los bomberos, y los funcionarios que suministran servicios de electricidad, agua y abastecimiento de combustible, no podrán interrumpir sus labores.

Lea más: Enrique Egloff: “Los costarricenses están hartos de las huelgas”

En ese sentido, quienes se atrevan a desafiar la ley, sufrirán el rebajo de los días no laborados y al cumplir 72 horas de paro, podrían ser despedidos sin responsabilidad patronal.

En cuanto a la huelga política - que es cuando se realiza un movimiento de protesta que no tiene relación con las condiciones laborales -, la nueva ley estable un plazo máximo de 48 horas para desarrollar la protesta.

Este caso sólo se aplicará para los servicios considerados como trascendentales, los cuales, sí podrán protestar, aunque sus participantes perderán el salario por cada jornada no laborada.

En cuanto a la educación, los profesores y maestros tendrán como máximo 21 días consecutivos para protestar, al considerarse como un servicio estratégico. Ellos también sufrirán el rebajo salarial.

El proyecto contó con la oposición de 15 legisladores, por lo que el segundo debate previsto para el jueves podría detenerse si presentan un recurso ante la Sala IV.

El plan surgió como una reacción a la huelga del año pasado que duró 86 días, con el objetivo de parar el plan fiscal.


Respaldo


Frenar el abuso del sector público con las huelgas es una tarea urgente para el desarrollo económico, según el sector productivo.

Gonzalo Delgado

Presidente
Uccaep


No hay razón lógica para indicar que el patrono está obligado a pagar salarios, máxime cuando los sindicatos anuncian una huelga con semanas de anticipación y sin agotar otras instancias.
Es importante que exista claridad en esta materia y que se llenen esos vacíos legales e interpretaciones de los jueces, quienes han tomado criterios del comité de libertad sindical de la OIT para resolver sobre huelgas, cuando esas disposiciones no son jurídicamente vinculantes.

Enrique Egloff

Presidente
Cámara de Industrias


Los costarricenses están hartos de las huelgas.
La ciudadanía está harta de la interrupción de servicios de salud, del desabastecimiento de combustibles, de trámites y de obstáculos para las actividades normales de las empresas; los jóvenes están hartos de que no se les permita educarse para aspirar a un empleo.
Por eso, nosotros estamos satisfechos con el proyecto para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos, pues regula, limita y devuelve seguridad jurídica a los costarricenses.

Yolanda Fernández

Presidenta
Cámara de Comercio


En tiempos de desaceleración económica y de crisis fiscal, todos los sectores debemos trabajar para el bienestar nacional.
El sector público debe reestructurar su organización interna, disminuir costos y ser más eficiente, y, sobre todo, eficaz en su funcionamiento.
Desde la Cámara de Comercio de Costa Rica nos oponemos, por nuestros principios fundamentales, a las manifestaciones que paralicen los servicios esenciales y obstaculicen el traslado de personas y mercaderías.

Elías Soley

Presidente
AmCham


Las reacciones de algunos líderes sindicales ante el avance del proyecto que pretende regular las huelgas resultan impertinentes y ayunas de ningún tipo de sustento.
Estos líderes han tratado de confundir y engañar a la gente diciendo que esta iniciativa pretende desconocer el derecho a la huelga, lo que es absolutamente falso; el derecho a manifestarnos es un derecho fundamental que debe ser protegido, pero no tolerado su abuso, sobre todo cuando afecta a otros derechos fundamentales de mayor peso como la seguridad, vida, trabajo y libre tránsito.



Decididos


Las principales bancadas legislativas apoyaron el plan para frenar las huelgas en servicios esenciales.

Yorleny León

Diputada
Liberación Nacional


La Organización Internacional del Trabajo ha determinado, para muchos países, que es legal no pagar el salario a los colaboradores que se vayan a protestar desde el día número 1.
La fracción de Liberación Nacional está de acuerdo con esta tesis. No se trata de prohibir las huelgas, sino regularlas.
Costa Rica merece una legislación adecuada a las necesidades de las grandes mayorías, y no una norma que favorezca a ciertos grupos.

Pedro Muñoz

Diputado
Unidad Social Cristiana


Proponemos una solución justa porque dejaría de premiar con un salario a los funcionarios públicos que no trabajan, al igual que sucede con el resto de los costarricenses.
Es una moción acorde y ajustada a los estándares y conceptos existentes ya en el Código de Trabajo y a los principios de la Organización Internacional de Trabajo, los cuales han sido recogidos en las leyes de países latinoamericanos y europeos.

Nielsen Pérez

Jefa de fracción
Acción Ciudadana


Una parte de la fracción considera que rebajar el salario a los trabajadores en huelga por no trabajar es una medida disuasoria que abriría las vías de diálogo y por ello, muchos estuvimos a favor de aprobarla.
Para los diputados que estamos a favor del proyecto, lo hacemos al poner sobre la balanza la afectación a los servicios públicos que reciben los individuos, ya que en algunos casos, el derecho a huelga se ha convertido en una herramienta abusiva y debemos proteger ese derecho.



Principales cambios


Estos serían los principales cambios para regular las huelgas en el sector público:

  • Servicios considerados esenciales no podrán hacer huelga.
  • Notificaciones de procesos laborales podrán hacerse por correo electrónico.
  • Huelgas políticas solo se podrán hacer por 48 horas, después serían ilegales.
  • Declaratoria de ilegalidad de huelgas no durará más de dos meses.
  • Sindicatos que realicen bloqueos o hagan sabotaje de servicios públicos serían disueltos si se comprueba en juicio.
  • Rebajo de salario desde el primer día de protestas.
  • Despido es una posibilidad para manifestantes.
  • Después de declaratoria de ilegalidad, trabajadores tendrán 24 horas para regresar al puesto de trabajo.



Límite a las protestas


Los servicios considerados “esenciales” no podrán irse a huelga, mientras que aquellos “trascendentales” deberán garantizar un mínimo de acción a través de un plan.
La educación tendría la categoría de “servicio estratégico”, por lo que sus movimientos de protesta no podrán durar más de 21 días consecutivos, o diez días naturales discontinuos.

Servicios esenciales


  • Acceso a la Justicia
  • Agua potable
  • Alumbrado
  • Atención de emergencias, incluyendo incendios
  • Carga y descarga en muelles y atracaderos
  • Cen Cinai y albergues para personas adultas
  • Control de tráfico aéreo
  • Electricidad
  • Salud
  • Servicios bancarios de depósito y retiro de dinero
  • Seguridad
  • Transporte ferroviario, marítimo y aéreo
  • Telecomunicaciones

Servicios trascendentales


  • Aseo de vías y sitios públicos
  • Educación
  • Recolección de basura
  • Servicios de control migratorio y aduanero

Servicio estratégico*


  • Educación


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