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¡Voto negativo aprueba!

Emilio Bruce ebjreproduccion@gmail.com | Viernes 28 noviembre, 2014


Es claro que en Primer Debate Legislativo y antes del 30 de noviembre, vacío alguno se había producido


Sinceramente

¡Voto negativo aprueba!

La aprobación presupuestaria no es un mero trámite. Esta es desde la monarquía, el corazón del control popular a gastos e ingresos. Si la aprobación fuera de mero trámite la Asamblea Legislativa habría dejado de ser el Primer Poder de la República.
No existe constitucionalmente nada como la aprobación forzosa del proyecto de Presupuesto Nacional del Poder Ejecutivo. Existe la aprobación forzosa de un presupuesto dentro del plazo fatal del 30 de noviembre. El país no puede quedarse sin presupuesto, sería un rompimiento constitucional.
El rechazo del dictamen de mayoría de la Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios, subsecuentemente del Proyecto de Presupuesto del Poder Ejecutivo, y de dos dictámenes de minoría más fue el detonante de toda esta crisis. Habiendo rechazado los diputados todas las cuatro opciones, en ejercicio de la libre voluntad del parlamento, la Presidencia de la Asamblea Legislativa actuó prematuramente. La crisis surgió con la “resolución” del señor Presidente Legislativo al aprobar lo rechazado, lo que resulta inconcebible para la mentalidad democrática en la que la mayoría manda y ordena, más aún en una Asamblea Legislativa. Mala conducción del proceso, peor negociación sostenida.
El Primer Debate no termina el proceso legislativo como para haber emitido esa “resolución” en razón del principio del “estado de necesidad”, así contemplado en la doctrina legal. Esa resolución dando por aprobado el presupuesto no viene a llenar un vacío ya que el hecho generador de ese vacío aún no se ha producido. Es claro que en Primer Debate Legislativo y antes del 30 de noviembre, vacío alguno se había producido.
No puede y no debe el Presidente Legislativo pretender constituirse en la Sala IV interpretando la Constitución Política y a su vez reemplazar a la Asamblea Legislativa en el proceso legal de aprobación del Presupuesto Nacional. Agotado el plazo sí debía actuar conforme a la ley y aprobar el Proyecto de Presupuesto enviado por el Poder Ejecutivo si este no se hubiera votado, pero este se había presentado siendo rechazado. La opción lógica era “resolver” la continuación del Presupuesto vigente. Nunca el Proyecto del Poder Ejecutivo era opción si había sido rechazado por el Plenario Legislativo en Primer Debate.
Pero hay más en todo esto. Si este Presupuesto determina que los ingresos probables no cubren siquiera los gastos presupuestados, este proyecto de ley incumple además la Constitución Política.
Así las cosas no solo la Ley de Presupuesto por su contenido es ilegal, sino que la resolución del Presidente Legislativo por anticipada también lo es.
No es legal resolver antes de concluido el Segundo Debate o expirado el plazo fatal. No es dable aprobar una Ley viciada de inconstitucionalidad por estar financiando gastos corrientes con deuda. No es aceptable “resolver” aprobar un proyecto de presupuesto que había sido rechazado por mayoría. El Presidente Legislativo no cuenta más que la mayoría del Plenario. El fin no justifica los medios. La negociación y el razonamiento estuvieron ausentes.
Hay que llenar el vacío constitucional pronto y de manera decisiva. Para mejor proveer debió dejarse vigente por “resolución” el Presupuesto Nacional vigente hoy. El voto negativo nunca aprueba.

Emilio Bruce

Profesor
ebruce@larepublica.net



 

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