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FORO DE LECTORES


Una oportunidad para rectificar

| Miércoles 14 noviembre, 2012


Cabe abogar para que la Asamblea Legislativa rectifique a la brevedad la disposición contenida en el texto del artículo 288 del Código Penal, el cual establece penas de cárcel al que “procurare u obtuviere indebidamente informaciones secretas políticas”


Una oportunidad para rectificar

Es consustancial a una democracia madura como la nuestra que el marco legal en que se ejercen responsablemente libertades fundamentales como la de prensa y el derecho a la información, sea amplio, claro y ajustado a las más modernas doctrinas.
Bajo este contexto, cabe abogar para que la Asamblea Legislativa rectifique a la brevedad la disposición contenida en el texto del artículo 288 del Código Penal, el cual establece penas de cárcel al que “procurare u obtuviere indebidamente informaciones secretas políticas”.
En el debate que se ha producido respecto de este tema, parece existir coincidencia en que el término “informaciones secretas políticas” resulta impreciso y se presta a todo tipo de interpretaciones, pues esos “datos” no tienen reconocimiento ni protección constitucional, ni son definidos como un bien jurídico tutelable en ningún otro texto del derecho positivo costarricense, salvo la mención citada.
Durante las más de cuatro décadas de vigencia de este artículo, ningún ciudadano, periodista o bloguero ha sido condenado penalmente si con su actuación, aún de buena fe, hubiese procurado u obtenido “informaciones secretas políticas”. Ahora debemos garantizar que esto tampoco vaya a ocurrir en el futuro.
Resulta evidente que estamos ante un yerro legislativo, detectado con ocasión de la reciente aprobación de la Ley de Delitos Informáticos, legislación que, por razones colaterales, modificó el citado artículo 288 sin que nadie se percatara durante el trámite de su existencia.
Cabe destacar que la jurisprudencia constitucional vigente podría haber dejado sin efecto la disposición en cuestión, toda vez que en reiterados votos la Sala Constitucional ha limitado la protección de la información oficial a aquellos asuntos declarados, con el necesario fundamento, secretos de Estado o por ser materia concerniente a procedimientos administrativos disciplinarios o al legítimo interés comercial o industrial de empresas del Estado en competencia. Fuera de esa información, toda la información oficial es pública.
No obstante, es desde todo punto de vista conveniente introducir las reformas necesarias para eliminar la disposición de penalizar la procuración u obtención de las confusamente denominadas “informaciones políticas secretas”, algo en lo que parece existir coincidencia entre periodistas, autoridades del Poder Ejecutivo y las fracciones parlamentarias. Existiendo tal coincidencia, esta es una oportunidad para rectificar en la cual no debería haber tardanza.
Ante este hecho puntual cabe una reflexión más general: como familia costarricense debemos establecer diálogos y acuerdos eficientes en muchas otras áreas de la realidad nacional, para procurar soluciones concretas a los problemas concretos de los ciudadanos y del país.
El reclamo más generalizado de los costarricenses radica, precisamente, en la dificultad de resolver viejos problemas que, aun siendo de sencilla naturaleza en su origen, se convierten en crónicos e insuperables. Es necesario retomar la saludable vocación de pensar en grande, tomar decisiones y seguir sintiéndonos orgullosos de haber nacido en un país cuya vocación histórica es la grandeza.

Rodrigo Arias Sánchez
Precandidato PLN

 






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