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FORO DE LECTORES


Tasa Tobin y Reforma Fiscal

| Viernes 17 febrero, 2012


Tasa Tobin y Reforma Fiscal

Una de las últimas mociones incluidas en la reforma fiscal pretende la inclusión de un nuevo artículo a la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, artículo 81 bis que pretende crear un impuesto “…de hasta el tres por ciento (3%) sobre los préstamos e ingresos de capital financiero de corto plazo provenientes del exterior cuya permanencia en el país sea igual o menor a un año…”.
Este impuesto es una derivación de la denominada tasa Tobin que lleva el nombre de su creador, el Premio Nobel de Economía James Tobin, quien mediante dicha fórmula pretendió desestimular la especulación de divisas, pretendiendo que estas se destinaran a inversión, en la década de los 70.
El artículo propuesto dentro de la reforma contempla una medida que pretende desestimular las inversiones extranjeras de corto plazo en el país cuya aplicación dependerá de que la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica la estime como necesaria.
De tal manera el Banco Central, como máxima autoridad monetaria, podría hacer uso de una herramienta tributaria que facultativamente aplicaría e incluso podría reducir la tarifa en forma inversa a la permanencia de los capitales dentro del país, así como podría definir el plazo de aplicación del impuesto. Es decir se le otorga la potestad de modificar el tributo como medida monetaria.
Sobre tal delegación de facultades se han manifestado algunos legisladores alegando una posible inconstitucionalidad.
Vale la pena explorar esta iniciativa de forma desligada de la reforma fiscal atendiendo a que es una herramienta que, si bien tiene naturaleza tributaria, sus efectos y objetivos no son recaudatorios sino de intervención en el mercado monetario.
Ahora bien, bajo el supuesto de una eventual no aprobación de la reforma fiscal el Gobierno deberá superar el déficit, entre otras medidas, recurriendo a la captación de dinero, para lo cual ofrecerá tasas de interés atractivas y es aquí donde surge el peligro de que el mercado sea imán de los capitales especulativos.
Tomando en cuenta lo anterior la idea de la tasa Tobin resulta válida por sí misma, insisto, incluso separada de la reforma fiscal.
De tal forma esta iniciativa no debe correr la suerte de la reforma fiscal (en el caso de que la misma no se apruebe) sino que debe rescatarse en un proyecto de ley por separado toda vez que su existencia puede ser una herramienta para buscar estabilidad macroeconómica.
Ya en otros países desarrollados vemos como esta idea está tomando fuerza, por ejemplo, el pasado enero el presidente Nicolás Sarkozy anunció una tasa del 0,1% sobre ciertas transacciones financieras. Esta medida fue comentada por Mariano Rajoy, quien apoyó la medida, la cual actualmente está siendo objeto de análisis por otros países de la euro zona, ante la crisis financiera que vienen afrontando. Por el contrario, en países emergentes, se ha convertido en medida permanente de financiación con efectos en el mercado que van más allá del control del movimiento de capitales.

Randall Madriz





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