Saber cómo salir
| Martes 16 diciembre, 2008
Saber cómo salir
Igual de importante son las condiciones de entrada a un fondo de inversión, como las de salida anticipada.
Al momento de invertir, también es prudente tomar previsiones e informarse del costo que tendría retirar el dinero de la inversión antes de tiempo. Por eso, es vital leer la letra menuda del prospecto, en el que se explican las condiciones y el costo del retiro anticipado.
Para proteger al inversionista, las condiciones para el retiro anticipado se encuentran normadas por la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL), que incluso modificó su reglamento este año para actualizarse con respecto a los productos bursátiles que se comercializan. En la mayoría de los casos, la comisión que se cobra por reembolso anticipado es de un 5% como base.
En el caso de los fondos de inversión abiertos que no sean del mercado de dinero, deben contar con un mecanismo que por un lado reduzca el riesgo en el fondo por retiro anticipado y por otro, que pueda responder al inversionista.
Si el cliente pide un reembolso parcial o total de sus participaciones antes de cumplir un mínimo de permanencia de tres meses, el fondo debe cobrar una compensación del 5% anualizado sobre el monto reembolsado y por los días pendientes para completar el plazo definido. Si el periodo mínimo de permanencia es superior a los tres meses, debe ajustarse sobre el nuevo parámetro.
En el caso de los fondos con fecha focal, la inversión debe permanecer como mínimo hasta una fecha determinada en el prospecto. El plazo usual es de seis meses después de haber ingresado al fondo. Si la necesidad de retiro no coincide con una fecha focal, se aplica una compensación por reembolso anticipado de al menos 5%.
Otra modalidad es la de fondos de plazo definido y liquidez posterior. Cada orden de inversión debe permanecer un periodo definido en el prospecto, el cual debe ser al menos de doce meses. Una vez que la orden de inversión cumpla con el plazo mínimo, la solicitud del reembolso puede ser realizada en cualquier momento. Si se solicita el reembolso parcial o total de las participaciones antes de cumplir el plazo mínimo indicado en el prospecto, se debe aplicar una deducción como compensación por el reembolso anticipado, de al menos un 5%. Adicionalmente, los fondos de plazo definido y liquidez posterior deben realizar el reembolso de las participaciones en el plazo mínimo de cinco días hábiles (t+5) siguientes a la solicitud del inversionista.
Es importante que si el fondo cambia las “reglas de juego”, el inversionista puede pedir el retiro anticipado sin ningún costo. Por eso, no limite la asesoría al tema de rendimientos, porque retirar el dinero antes de tiempo es una operación que sucede a diario y podría resultarle caro por desinformación.
Igual de importante son las condiciones de entrada a un fondo de inversión, como las de salida anticipada.
Al momento de invertir, también es prudente tomar previsiones e informarse del costo que tendría retirar el dinero de la inversión antes de tiempo. Por eso, es vital leer la letra menuda del prospecto, en el que se explican las condiciones y el costo del retiro anticipado.
Para proteger al inversionista, las condiciones para el retiro anticipado se encuentran normadas por la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL), que incluso modificó su reglamento este año para actualizarse con respecto a los productos bursátiles que se comercializan. En la mayoría de los casos, la comisión que se cobra por reembolso anticipado es de un 5% como base.
En el caso de los fondos de inversión abiertos que no sean del mercado de dinero, deben contar con un mecanismo que por un lado reduzca el riesgo en el fondo por retiro anticipado y por otro, que pueda responder al inversionista.
Si el cliente pide un reembolso parcial o total de sus participaciones antes de cumplir un mínimo de permanencia de tres meses, el fondo debe cobrar una compensación del 5% anualizado sobre el monto reembolsado y por los días pendientes para completar el plazo definido. Si el periodo mínimo de permanencia es superior a los tres meses, debe ajustarse sobre el nuevo parámetro.
En el caso de los fondos con fecha focal, la inversión debe permanecer como mínimo hasta una fecha determinada en el prospecto. El plazo usual es de seis meses después de haber ingresado al fondo. Si la necesidad de retiro no coincide con una fecha focal, se aplica una compensación por reembolso anticipado de al menos 5%.
Otra modalidad es la de fondos de plazo definido y liquidez posterior. Cada orden de inversión debe permanecer un periodo definido en el prospecto, el cual debe ser al menos de doce meses. Una vez que la orden de inversión cumpla con el plazo mínimo, la solicitud del reembolso puede ser realizada en cualquier momento. Si se solicita el reembolso parcial o total de las participaciones antes de cumplir el plazo mínimo indicado en el prospecto, se debe aplicar una deducción como compensación por el reembolso anticipado, de al menos un 5%. Adicionalmente, los fondos de plazo definido y liquidez posterior deben realizar el reembolso de las participaciones en el plazo mínimo de cinco días hábiles (t+5) siguientes a la solicitud del inversionista.
Es importante que si el fondo cambia las “reglas de juego”, el inversionista puede pedir el retiro anticipado sin ningún costo. Por eso, no limite la asesoría al tema de rendimientos, porque retirar el dinero antes de tiempo es una operación que sucede a diario y podría resultarle caro por desinformación.