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Jueves, 18 de abril de 2024



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Debilidad en el decreto confirma que medida fue “politiquera”, aduce Juan Diego Castro, abogado penalista

"Restricción vehicular es respuesta a la incapacidad"

El escenario para determinar si el sustento técnico es suficiente para avalar la restricción o no debería ser el constitucional o el contencioso administrativo

Daniel Chacón redaccion@larepublica.net | Sábado 12 septiembre, 2009


Juan Diego Castro, del bufete Jurisis
La imposición de una restricción vehicular con aparentes fallas en la argumentación obligatoria que requiere esta medida y la postergación en la vigencia de la Ley de Tránsito son consecuencias de la “politiquería” previa a la campaña, consideró Juan Diego Castro, del bufete Jurisis. Marco Monge/La República


Durante esta semana, LA REPUBLICA reveló que los estudios técnicos que sustentan la restricción vehicular podrían no ser tan contundentes, siendo este un posible incumplimiento del decreto que se publicó para limitar la circulación.

De acuerdo con la ley, cada vez que el Poder Ejecutivo requiera aplicar una restricción vehicular, es necesario un sustento técnico que avale la finalidad para la cual se implementará.

Sumado a ello, hay otro “portillo”; porque las multas se imponen por irrespetar la señalización vertical, y si bien es de conocimiento general el tema de la restricción por número de placa, lo cierto es que en muchas rutas no hay una “señal que respetar”.

Para algunos, el tema de restricción es la respuesta política más sencilla, a un problema que ya hace varias administraciones no han resuelto, que es el de infraestructura pública, consideró Juan Diego Castro, del bufete Jurisis.

¿Qué criterio le merece la restricción vehicular?

En un principio, la restricción vehicular es la respuesta política que da un gobierno incapaz de solucionar seriamente el caos vial que existe en el país, especialmente en el Área Metropolitana.

¿Y la legalidad en su implementación?

A mí me parece que afecta la libertad de tránsito y de las personas que no pueden desplazarse hacia su trabajo ni en situaciones de emergencia. Por otro lado, si nuestros gobiernos se hubieran ocupado de tener un buen sistema de transporte público, tendríamos ciudades más ordenadas.

Ya una vez hubo una inconstitucionalidad, ¿cree usted que en esta nueva implementación haya otro vicio?

No conozco el detalle de la resolución de la Sala IV, pero supongo que el Ministerio de Obras Públicas y transportes estaría bien asesorado por expertos en derecho público para que no tenga los vicios que la trajeron abajo en el pasado.

¿El tema del sustento técnico del actual decreto y la señalización sería suficiente para apelarla?

Aquí el tema es más de derecho constitucional que de derecho penal. Si los informes no dan suficiente respaldo a la decisión que tomó el Poder Ejecutivo.

¿Cuál es su opinión?

Que reflejaría el desorden de los gobiernos y la ausencia de planes de corto plazo para resolver estos problemas. Restringir el tránsito es lo más sencillo, igual se aplica en otras ciudades del mundo.

¿Cuál sería la vía correcta para hacer un reclamo?

Debería verse desde el punto jurídico como un recurso administrativo; o bien, desde la perspectiva constitucional para ver si determinan que hay o no incumplimiento.

Al principio indicó que es un tema también político, ¿por qué?

Es igual que con la Ley de Tránsito. Ese retraso en la implementación de la Ley de Tránsito enardecería a la población por lo desproporcionado de las multas; lo cual no beneficiaría a Laura Chinchilla ni a la imagen de la ministra Karla González.







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