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Domingo, 15 de diciembre de 2024



NACIONALES


Sanciones del Tránsito se efectúan por violación a señales ausentes que impedirían circular

Restricción vehicular con débil sustento

Estudios en los que se basa la medida, recomiendan diversas acciones antes de ponerla en práctica

Daniel Chacón redaccion@larepublica.net | Jueves 10 septiembre, 2009


Oficiales de tránsito realizando operativos contra la restricción vehicular
La restricción vehicular se aplica en el centro de San José con normalidad, pese a que los partes se hacen presuntamente por un irrespeto a la señalización vertical. Marco Monge/La República


El 29 de julio, el doctor Agustín Páez debía desplazarse hacia la Clínica Católica. Cerca del hospital Calderón, un oficial de tránsito lo detuvo por circular con la placa restringida.

El parte indicaba que la sanción era “por irrespetar el artículo 78 de la Ley de Tránsito”, pero no decía específicamente que era por circular con restricción; sino por irrespetar la señalización.

Por curiosidad, descubrió que este artículo sanciona el irrespeto de las señales verticales y al no existir ninguna señal de restricción en su recorrido, apeló ante la Unidad de Control de la Policía de Tránsito, caso que aún está en estudio.

Esta es una de las fallas que tendría el decreto que permite a la Policía de Tránsito sancionar la restricción vehicular, la cual se estaría aplicando sin un sustento técnico fuerte que la justifique.

La Ley de Tránsito vigente indica que la restricción vehicular cabe cuando se combinen el interés nacional, la conveniencia, oportunidad y otros factores con el debido fundamento técnico.

Pero los dos estudios que presentó el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) como sustento para comprobar el beneficio de la restricción no serían tan contundentes.

El primero lo suministró la Consultoría GTZ del Programa MOPT-KfW; del cual posee copia LA REPUBLICA. En su primera página indica que “lamentamos comunicarle (al Ministerio de Obras Públicas) que, aparentemente, ninguno de los laboratorios o centros de investigación estatales o universitarios disponen de información para respaldar la restricción”.

Esto a pesar de que en el decreto, el MOPT utiliza este estudio como “respaldo técnico” para aplicar la medida.

En el informe, el consultor aduce que no hay sustento científico para aplicar la regulación en el área que hoy está incorporada en esta medida.

El segundo informe es el denominado “Evaluación del impacto producido por la restricción vehicular por número de placa en San José”, fechado en julio de 2009 y elaborado por la Dirección General de Tránsito, del cual también posee copia este diario.

“Debido a algunas limitaciones en el equipo de conteo automático del Centro de Control de Tránsito, para este estudio se decidió utilizar puntos de control específicos para evaluar el efecto de haber eliminado la restricción”, situación que podría generar un sesgo, indica en su página 14, el inciso 2.2.

Aunado a ello, plantea ejecutar diversas acciones antes de aplicar la restricción, como por ejemplo concluir la Circunvalación Norte.

Estas presuntas incongruencias serían suficientes para apelar los partes; e incluso, para plantear la suspensión en la aplicación de esta medida, consideró Oscar Hernández, abogado constitucionalista.

Al respecto, las autoridades del MOPT han defendido que la restricción se basa en los criterios de oportunidad, conveniencia e interés público. Además, aducen que el sustento técnico sí defiende la aplicación de esta medida de control vehicular y que es fácilmente perceptible que sin restricción, la congestión vial empeora.

Sobre el tema se procuró la versión de Karla González, ministra de Obras Públicas y Transportes desde el jueves pasado, pero aún ayer no había respondido a los planteamientos de este medio.


¿Dan o no razón?

Los estudios en los cuales se basó el Ministerio de Obras Públicas y Transportes para sustentar la restricción vehicular, lejos de apoyarla, en algunos puntos más bien aducen que no se puede demostrar que cumple los objetivos para los cuales es impuesta, y recomienda varias acciones antes de aplicarla, como finalizar la Circunvalación norte.

Informe suscrito por el Ing. Eduardo Barquero S., coordinador Consultoría GTZ del Programa MOPT-KfW.

Oficio 449.0609 de fecha 22 de junio de 2009

• El proyecto GTZ-CYMA no está llevando datos de contaminación ambiental

• Ni el Ministerio de Salud ni la UNA realizaron mediciones para la restricción vehicular

• Ningún laboratorio dispone de información válida para respaldar la restricción

• Sugiere crear Centro de Monitoreo de Calidad del Aire


Informe del Ing. Junior Araya Villalobos, director general de Ingniería de Tránsito, mediante el cual remite el estudio

denominado “Evaluación del impacto producido por la restricción vehicular por número de placa en San José”.

Oficio DGIT-0626-2009 del 9 de julio de 2009.

• Advierte limitantes en el equipo de conteo automático del Centro de Control de tránsito

• Recomienda la aplicación de la restricción, aunque admite la necesidad de gran cantidad de recurso humano para aplicarla

• Implementar la sectorización del Transporte Público de personas por autobús

• Implementar reordenamiento vial en el centro de San José

• Concluir la construcción de las intersecciones a nivel de la circunvalación

• Concluir Circunvalación norte

Fuente: expedientes

Hombre muestra una multa por restricción en su mano

La presunta ausencia de fundamento de la restricción vehicular motiva a conductores como Agustín Páez a exigir la anulación de los partes emitidos por esta causa. Marco Monge/La República








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