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Reforma fiscal e impuestos verdes

Randall Madriz redaccion@larepublica.net | Lunes 19 octubre, 2015


Reforma fiscal e impuestos verdes

Los impuestos, más allá de su finalidad recaudatoria, pueden ser utilizados como herramientas para estimular o desestimular actividades de los contribuyentes.
La reforma fiscal que está proponiendo el Ministerio de Hacienda tiene un ejemplo de los denominados “impuestos verdes”. En general, estos impuestos pretenden imponerle una carga económica a aquellos que realizan actividades que se consideran lesivas para el medio ambiente.
Específicamente, en relación con la iniciativa de reforma fiscal, se propone el denominado Impuesto Ambiental a los Recipientes de Plástico No Retornables. Este impuesto tiene la finalidad de disminuir la contaminación ambiental generada por esos envases y los sujetos pasivos del mismo serán los fabricantes de esos recipientes en el caso de la producción nacional. En el caso de la importación de los envases, con o sin contenido, el sujeto pasivo será quien figure como importador.
Según lo propuesto, por cada recipiente plástico con capacidad para 250 mililitros, se aplicará la tarifa de diez colones. En cuanto a los demás recipientes con capacidad diferente, se determinará el monto del impuesto de forma proporcional a la cantidad de mililitros de capacidad.
A nuestro criterio, la iniciativa debe mejorarse, pues el concepto de “recipiente de plástico no retornable” es general y el mismo debe ser definido de forma exacta y restrictiva. Una interpretación correcta de esta iniciativa debería limitar el impuesto a recipientes que consistan en botellas destinadas a bebidas de consumo humano. Por el contrario, una interpretación amplia y agresiva podría llevar a pensar que una bolsa plástica, por ejemplo, es un recipiente.
Este impuesto, a nuestro criterio, no resultará en nada bueno para el medio ambiente, pues ese costo le será trasladado al consumidor final expresándose como un aumento en el precio final de las bebidas comercializadas en envases no retornables.
Aprovechando la oportunidad de la reforma fiscal, se deberían tomar en cuenta la experiencia de otros países en esquemas de depósito y reembolso para envases retornables de bebidas. Australia, Canadá, Alemania y Noruega tienen disposiciones en ese sentido.
Estos impuestos se le cobran al consumidor final en el caso de envases retornables y los mismos son reembolsados (total o parcialmente) en el momento en que el consumidor devuelve el envase.
Esta iniciativa puede proponerse de forma complementaria a la ya incluida en la propuesta del Gobierno, pues ambas son compatibles.
Una de ellas desestimularía el consumo de bebidas en envases no retornables (vía aumento del precio final), mientras que la otra permitiría la recuperación del impuesto pagado en caso de que el envase se devuelva.
Creemos que la implementación conjunta de estas medidas sí podría incidir en la disminución del consumo de bebidas en envases no retornables.
Finalmente, no es recomendable que lo recaudado por estos impuestos sea administrado por la Dirección General de Tributación, tal y como se propone. Es recomendable que ese impuesto tenga un destino específico, por ejemplo, el mantenimiento de los parques nacionales.

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