Reelección de diputados, presidentes y partidos, ¿qué hay de malo?
Vladimir de la Cruz vladimirdelacruz@hotmail.com | Miércoles 06 abril, 2016
Si se quisiera cambiar esta forma de elección alternativa, por una consecutiva o sucesiva, bastaría con proponer una reforma constitucional en ese sentido
Pizarrón
Reelección de diputados, presidentes y partidos, ¿qué hay de malo?
La reelección en puestos de dirección de empresas, asociaciones, cooperativas, sindicatos, académicos es una práctica común, corriente y cotidiana en nuestra vida social, laboral, empresarial y académica. En estos puestos pueden reelegirse personas mientras tengan votantes que las reelijan, indefinidamente o por las oportunidades que les permita la reelección, una o más veces.
En materia política la reelección en Costa Rica siempre ha existido. Se reeligen partidos en el Poder Ejecutivo, ministros en los gabinetes de gobierno, presidentes de la República y diputados.
Los partidos políticos como organizaciones pueden reelegirse indefinidamente mientras los votantes así lo decidan. En los últimos 46 años se ha reelecto el Partido Liberación Nacional en tres ocasiones (de 1970-1974 a 1974-1978, de 1982-1986 a 1986-1990, y de 2006-2010 a 2010-2014) y la Unidad Social Cristina en una (de 1998-2002 a 2002-2006). Nadie protesta por esto, reelección de partido, que es usual y no tiene ninguna prohibición.
Desde 1949 con la actual Constitución Política que permite la reelección presidencial no consecutiva se han reelecto solo dos presidentes: José Figueres (1953-1958 y 1970-1974) y Óscar Arias (1986-1990 y 2006-2010).
En cuanto a ministros, por solo citar dos casos, reelectos consecutivamente, Óscar Barahona Streber con José Joaquín Trejos Fernández y José Figueres, con dos partidos y gobiernos distintos, y Francisco Morales Hernández varias veces ministro con cuatro diferentes presidentes, consecutiva o alternativamente (con José Figueres, Daniel Oduber, Luis Alberto Monge y Óscar Arias).
En el caso municipal, los alcaldes, los regidores, los intendentes y los síndicos pueden reelegirse consecutivamente sin límite de periodos.
Hoy existe la reelección no consecutiva para presidentes y diputados. Antes de 1949 existía la reelección consecutiva, sin límite de veces, para diputados, y la alternativa para presidentes. Ricardo Jiménez fue presidente de 1910 a 1914, de 1924 a 1928 y de 1932 a 1936. Cleto González Víquez lo fue de 1906 a 1910 y de 1924 a 1928. Manuel Mora Valverde se reeligió como diputado desde 1934 hasta 1948 consecutivamente.
Si se quisiera cambiar esta forma de elección alternativa, por una consecutiva o sucesiva, bastaría con proponer una reforma constitucional en ese sentido. Este es el camino y no el que se trata de invocar, por parte de siete diputados que han acudido a la Sala IV, alegando que tal prohibición, contenida en el Art. 107 de la Constitución, violenta los derechos políticos de los diputados que, según ellos, se tutelan por el Art. 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos que regula el derecho político de elección.
La Constitución Política desde su origen así lo estableció. No ha habido ningún cercenamiento ni limitación a este derecho desde 1949, excepto el que se les impuso a los comunistas por el segundo párrafo del Art. 98, ya derogado.
La reelección consecutiva en mi opinión es válida y necesaria tanto para diputados como para presidentes. El país ha experimentado la reelección y no ha sido mala esa experiencia. ¿Qué hay de malo?
Discutamos con argumentos, no con bilis, esta posibilidad de reelección. Si es mala la reelección de diputados y presidentes es igualmente mala, o peor, la de partidos que postulan los diputados y presidentes. ¿Por qué no prohibimos esta reelección de partidos? ¿Así, sí habría cambio…?
Vladimir de la Cruz
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