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    Protéjase de la reforma fiscal

    Protéjase de la reforma fiscal

    Aunque está en proceso de aprobación, la Ley de Solidaridad Tributaria (plan fiscal) tiene amplias posibilidades de ser una realidad.

    Carolina Acuña
    Por Carolina Acuña Mar 26, 2012
    Carolina Acuña
    Carolina Acuña
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    • Si el texto es aprobado su billetera verá muchos cambios

    Protéjase de la reforma fiscal

    • Mitigue el impacto de los nuevos cobros y agilice los pagos

    Aunque está en proceso de aprobación, la Ley de Solidaridad Tributaria (plan fiscal) tiene amplias posibilidades de ser una realidad. Por ello es bueno que tanto individuos como empresas analicen cómo mitigar el impacto de los nuevos cobros, y los mecanismos que deben implementar para realizar los nuevos pagos que se generarán con esta reforma.

    Aunque los efectos serán en muchos ámbitos, INVERSIONISTA le da algunos temas que debe tomar en cuenta a la hora de planear sus gastos.

    Uno de los aspectos más importantes es que recuerde que las leyes no son retroactivas, si está pensando en realizar un negocio que actualmente no es gravado sería bueno hacerlo antes de la aprobación de la reforma. Por ejemplo, la compra o venta de un inmueble.

    Con la nueva ley se incrementa a un 3% el impuesto al traspaso de ese tipo de bienes (actualmente en un 1,5%), para las propiedades con un valor superior a los ¢78,8 millones, y el que compra es el que paga el traspaso, normalmente.

    “Esto puede traer importantes consecuencias para cuando se dan compras de empresas, porque habría que agregar este costo a la transacción”, detalla Rafael Luna, asesor de AFC

    Asimismo, si la compra la hace a través de un corredor o empresa de bienes raíces, esta debe retenerle el 14% de Impuesto de Valor Agregado, sobre el servicio de correduría o comisión cobrada a la hora de vender, algo que siempre ha existido, pero cuyo control el fisco reforzará.

    Además, si para su trabajo o uso personal necesita un vehículo analice comprarlo pronto, pues el porcentaje de impuesto al traspaso sube del 2,5% al 3% del valor del auto, si lo compra usado. Si lo compra nuevo le aplicarán el cobro del impuesto selectivo de consumo que subió cinco puntos porcentuales para todos los vehículos, salvo las motos con un cilindraje de hasta 250 centímetros cúbicos.

    De hecho ya algunas empresas de venta de vehículos han externado que tienen precios, pre y post reforma fiscal, dado este aumento de gravámenes.

    Si el valor del vehículo excede los ¢20 millones deberá pagar un 50% adicional en el impuesto a la propiedad, el cual se cobra anualmente con el marchamo, por lo que tal vez se pueda evitar el pago al menos de un año de ese impuesto.

    Pagos

    Asimismo es bueno que revise sus políticas de pago de dividendos, ya que las asociaciones solidaristas y cooperativas deberán sumar los dividendos distribuidos a los ingresos de cada uno de sus miembros y el cobro fiscal se hará con la tabla de impuestos sobre el salario.

    Si la repartición de dividendos se hiciera antes de la aprobación de la ley, ese costo no se tendría.

    Actualizar el valor de sus activos para no darse un golpe con las ganancias de capital por la venta de ellos es otro consejo importante, dado que muchas veces no se actualizan los valores de propiedades, ni edificios, entre otros bienes, y si se tiene un valor muy bajo y se hace una venta con alta plusvalía, el impuesto del 15% sería un desembolso más que inesperado.

    Ahorros

    Sobre dónde y cómo ahorrar hay que reconocer que la reforma tendrá un efecto al encarecer los ahorros y las inversiones al nivelar en un 15% el impuesto a las ganancias de capital que antes variaban desde un 5% hasta un 15%.

    En el contexto nacional y con el texto aprobado será una ventaja tener inversiones en mutuales y cooperativas, las cuales quedarán con un impuesto solo del 8%.

    Sacar esos dineros del país puede representar un ahorro, pero eso sería solo si no se van a repatriar los intereses ganados, ya que la reforma contempla un concepto de renta mundial y esas ganancias serán gravadas igual que las generadas en suelo nacional.

    Con estos impuestos hacen que ahorrar dentro o fuera del país sea muy similar, fiscalmente hablando.

    El panorama para quienes quieren ahorrar para una pensión mejora con la reforma, ya que se incrementa la contribución exenta del empleador al régimen complementario de pensiones del 10% al 15%, una buena forma de ahorrar.

    Puede ahorrar en un fondo de pensiones, lo positivo es que sus ganancias estarán exentas de impuestos, lo complicado es que para gozar de este privilegio tendría que tener su dinero hasta que cumpla 57 años de edad en ese fondo.

    Profesionales liberales

    Entre los principales cambios está el nuevo Impuesto de Valor Agregado (IVA) que sustituye al viejo impuesto de ventas. Este gravamen será del 14% y se incluyen muchos servicios que estaban exentos antes, como los profesionales.

    Para los profesionales liberales cambian las reglas, ya que empezarían a actuar como recaudadores del tributo. En este sentido, si el proyecto es aprobado, los profesionales tendrían que inscribirse como contribuyentes del IVA.

    “Lo anterior implica que al actuar como agentes perceptores del impuesto, tendrán que implementar los sistemas de control y contabilidad necesarios para el adecuado cálculo de los créditos y débitos fiscales, así como su correspondiente reintegro mensual a Hacienda, dado que cualquier incumplimiento en este sentido acarrea sanciones y multas”, explica Rafael Luna.

    Asimismo, estos profesionales tendrían que añadir a las facturas por servicios el detalle por separado del IVA cobrado al cliente, por lo que emitir nuevas facturas con este requisito será otra necesidad. Adicionalmente, debe considerarse que cuando un profesional emita una factura en los últimos días del mes con su correspondiente IVA, estará en la obligación de reintegrarlo al Fisco en los primeros 15 días del mes siguiente, independientemente de que no haya recibido la suma facturada, de que el cliente tarde meses en cancelarla o que no la pague del todo, en cuyo caso habrá que realizar los procedimientos legales correspondientes para poder pasar por gasto los montos facturados no recuperables.

    En este sentido, la puntualidad en el cobro de facturas será de especial relevancia, debido a que, en caso de retraso, indirectamente el profesional tendrá que subvencionar al Gobierno dándole dinero que no ha recibido aún.

    “No obstante, no todo son malas noticias. El diseño del impuesto presupone que su peso económico recaiga de forma global sobre los consumidores de los servicios, lo cual implica que el IVA que a su vez les cancele a otros profesionales o empresas, incluido hasta el IVA pagado en la compra de insumos, servirá de crédito fiscal, cosa que en la actualidad no ocurre”, añade Luna.

    Así, el IVA pagado en la compra de una computadora, será crédito fiscal del IVA cobrado al cliente por el servicio prestado con dichos equipos.

    Acarreo de pérdidas

    Otra de las situaciones que deben anticiparse es que las empresas y profesionales que pagan impuesto de la renta podrían reducir las pérdidas de años anteriores al momento de hacer su declaración si la nueva reforma fiscal es aprobada.

    Lo anterior porque el plan presentado amplifica este beneficio, que antes solamente aplicaba a la agricultura y la industria

    ¿Cómo funciona? Por ejemplo, si una empresa es nueva (o está pasando por una crisis) es usual que tenga pérdidas y el año que empiece a tener utilidades se permite reducir la tasa efectiva del impuesto de renta, mediante la posibilidad de aplicación de pérdidas de hasta tres periodos fiscales anteriores y en el caso de empresas agrícolas de hasta los cinco años previos.

    Este modelo de cobro se llama “acarreo de pérdidas o “carry forward” y es usado en la mayoría de los países del mundo.

    El monto de las pérdidas que puede ser deducido sería determinado por la Dirección General de Tributación. Este apartado de la nueva ley fiscal es considerado por muchos expertos como un gran paso de la administración en el trato justo a las empresas, dado que no solamente tienen ganancias que gravar sino pérdidas.

    “En su momento, se estimó que este beneficio fiscal debía estar reservado a los sectores productivos, por ser estos los que realizaban un verdadero aporte a la economía nacional. Sin embargo, Costa Rica ha modificado su estructura productiva grandemente en los últimos años, siendo el sector servicios el que mayor dinamismo le ha introducido a nuestra pequeña economía”, explicó Luna.

    Un detalle importante es que para gozar de este trato diferenciado las empresas que lleven a cabo actividades deberán manejar la contabilidad separada de otro tipo de actividades. Además, se aclara que las ganancias de capital de las empresas no serán sujetas de deducción en ningún caso.

    Carolina Acuña

    cacuna@larepublica.net

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