Ni poco solidarios ni un sistema privado
| Miércoles 26 noviembre, 2008
Ni poco solidarios ni un sistema privado
El señor Miguel Angel Agüero no se ajustó a la realidad en el comentario que hizo en la sección de La Machaca, del pasado 25 de noviembre, cuando asegura que “no se debe permitir que los maestros salgan del sistema de pensiones del Seguro Social para pasar a uno privado”.
En primer término, no es cierto que el proyecto de reforma a la Ley de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, que actualmente se encuentra en la Comisión Legislativa Plena Tercera, pretenda enviar a los trabajadores de la educación que, erróneamente cotizan para el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), a un sistema privado.
Como bien es sabido, el Régimen de Pensiones del Magisterio no es privado sino público, pues fue creado por la Ley 2248 en 1958 y en el mismo se estableció una cotización tripartita proveniente del mismo trabajador, el patrono y el Estado como tal. Además, está sujeto a las regulaciones de la Superintendencia de Pensiones y de la Contraloría General de la República.
Apunta también el señor Agüero, que “sacarle los fondos del sistema de pensiones del Seguro Social es algo muy poco solidario”. Cae en un error con esa premisa puesto que más bien lo que busca el proyecto de ley es recuperar a trabajadores administrativos del Magisterio, y sus respectivas cotizaciones, que con la Ley 7531 de 1995 quedaron al garete, para reintegrarlos al régimen al que verdaderamente pertenecen, es decir al Régimen de Pensiones del Magisterio Nacional, pues ellos obviamente ejercen labores dentro del sector educativo.
Existen razones técnicas que fijan que estas personas deben recibir un trato igualitario a los docentes del Magisterio Nacional y razones legales establecidas por la Sala Constitucional que así lo indican.
Desde la óptica legal, debe reconocerse que resulta irrazonable realizar una distinción entre los trabajadores administrativos y los docentes, pues la labor y desarrollo de las actividades, y en general de los postulados que son aplicables al Magisterio Nacional, se logra solo a través del desempeño de toda la maquinaria docente y administrativa.
En cuanto al tema del traslado de los fondos a que se refiere el Sr. Agüero en su comentario, deja entrever de un grave perjuicio económico que sufriría la CCSS, lo cual tampoco es cierto dado que el número de trabajadores del Magisterio que están en el régimen de IVM, y que pasarían al del Magisterio, alcanza apenas los 3.500, lo que representa únicamente el 0,35% de la totalidad del IVM, por lo que el daño no es como se pretende hacer creer a la opinión pública.
Finalmente, efectivamente, coincidimos en que los trabajadores debemos apoyarnos unos a otros, y en el caso del Magisterio Nacional estamos muy unidos para defender los derechos de toda la clase trabajadora del sector educativo, sin excepciones.
Alfredo Hasbum Camacho
Director ejecutivo
Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional
El señor Miguel Angel Agüero no se ajustó a la realidad en el comentario que hizo en la sección de La Machaca, del pasado 25 de noviembre, cuando asegura que “no se debe permitir que los maestros salgan del sistema de pensiones del Seguro Social para pasar a uno privado”.
En primer término, no es cierto que el proyecto de reforma a la Ley de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, que actualmente se encuentra en la Comisión Legislativa Plena Tercera, pretenda enviar a los trabajadores de la educación que, erróneamente cotizan para el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), a un sistema privado.
Como bien es sabido, el Régimen de Pensiones del Magisterio no es privado sino público, pues fue creado por la Ley 2248 en 1958 y en el mismo se estableció una cotización tripartita proveniente del mismo trabajador, el patrono y el Estado como tal. Además, está sujeto a las regulaciones de la Superintendencia de Pensiones y de la Contraloría General de la República.
Apunta también el señor Agüero, que “sacarle los fondos del sistema de pensiones del Seguro Social es algo muy poco solidario”. Cae en un error con esa premisa puesto que más bien lo que busca el proyecto de ley es recuperar a trabajadores administrativos del Magisterio, y sus respectivas cotizaciones, que con la Ley 7531 de 1995 quedaron al garete, para reintegrarlos al régimen al que verdaderamente pertenecen, es decir al Régimen de Pensiones del Magisterio Nacional, pues ellos obviamente ejercen labores dentro del sector educativo.
Existen razones técnicas que fijan que estas personas deben recibir un trato igualitario a los docentes del Magisterio Nacional y razones legales establecidas por la Sala Constitucional que así lo indican.
Desde la óptica legal, debe reconocerse que resulta irrazonable realizar una distinción entre los trabajadores administrativos y los docentes, pues la labor y desarrollo de las actividades, y en general de los postulados que son aplicables al Magisterio Nacional, se logra solo a través del desempeño de toda la maquinaria docente y administrativa.
En cuanto al tema del traslado de los fondos a que se refiere el Sr. Agüero en su comentario, deja entrever de un grave perjuicio económico que sufriría la CCSS, lo cual tampoco es cierto dado que el número de trabajadores del Magisterio que están en el régimen de IVM, y que pasarían al del Magisterio, alcanza apenas los 3.500, lo que representa únicamente el 0,35% de la totalidad del IVM, por lo que el daño no es como se pretende hacer creer a la opinión pública.
Finalmente, efectivamente, coincidimos en que los trabajadores debemos apoyarnos unos a otros, y en el caso del Magisterio Nacional estamos muy unidos para defender los derechos de toda la clase trabajadora del sector educativo, sin excepciones.
Alfredo Hasbum Camacho
Director ejecutivo
Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional