Logo La República

Jueves, 25 de abril de 2024



FORO DE LECTORES


Libertad de expresión e interés nacional

| Jueves 15 noviembre, 2012


Salvaguardar el derecho de los medios a informar sin más restricciones que las que impone el apego a la verdad, me parece una condición indispensable para la preservación de uno de los más preciados valores republicanos: el goce de la libertad


Libertad de expresión e interés nacional


Como la mayoría de las y los costarricenses, pienso que garantizar las libertades de expresión y de prensa constituye un factor decisivo para el desarrollo democrático. La experiencia nacional desde mediados del siglo XIX así lo comprueba. Esta es una realidad que se ha afirmado desde entonces, generalmente sustentada en un amplio consenso político y social.
No debería existir ninguna ley, por lo tanto, que inhiba ese principio ni tampoco debería ningún gobierno infringirlo por acción u omisión. Salvaguardar el derecho de los medios de comunicación a informar sin más restricciones que las que impone el apego a la verdad, me parece una condición indispensable para la preservación de uno de los más preciados valores republicanos: el goce de la libertad.
También es cierto que la colectividad —incluido el Estado— puede y debe contar con la posibilidad de discriminar el acceso de los medios de comunicación a información que, por sus implicaciones sobre la seguridad nacional, o la preservación de las condiciones requeridas para salvaguardar el éxito de una operación judicial o policial en curso, debe quedar reservada a partir de una reglamentación muy precisa, según lo que disponga la normativa legal. Claramente tal no es el caso de lo que en Costa Rica se denominan —con enorme confusión— “informaciones políticas secretas” o bien aquellas que pudiesen ser esenciales para preservar, defender o potenciar el bien común en casos de denuncias sobre corrupción pública y privada. Contrario sensu, sí lo es la información referente a factores que puedan poner en peligro la paz interior o exterior de la Nación, o aquella de casos referentes a actividades ilícitas que se encuentren en investigación por las autoridades respectivas. En estos casos la discreción no solo resulta esencial. Constituye una obligación al menos tan importante como la de permitir el libre acceso de los medios de comunicación a la inmensa mayoría de fuentes de las cuales se nutren.
A propósito de la llamada “Ley Mordaza”, parecería esencial suprimir de esta la ambigüedad en disposiciones que hoy la hacen lucir sospechosa así como las penas tan intimidantes y exageradas que establece para quienes las infrinjan.
Aun cuando tales disposiciones no se hubiesen aplicado hasta la hora, lo cierto es que no resulta ni conveniente ni justificado que penda sobre las y los comunicadores y los medios en que trabajen, una verdadera “espada de Damocles”, lista para caer sobre ellos si algún político inescrupuloso quisiera fastidiarles.
Parecería necesario igualmente aclarar los alcances y protocolos de todo lo referido al “secreto de Estado”, figura que podría resultar odiosa o hasta irrisoria en los tiempos de Wikileaks, de las autopistas de información, o del acceso a las noticias en tiempo real pero que forma parte de las realidades de la vida política, incluso la democrática. Más aún, porque ante amenazas emergentes como las derivadas de las acciones del crimen organizado, el terrorismo o el ciber-delito, las autoridades no pueden prescindir de espacios de confidencialidad desde los cuales intentar neutralizarlas.
¿”Ley Mordaza”? No. ¿Derecho a la salvaguarda de la intimidad y la seguridad nacional? La necesaria regulada por en el Estado de Derecho.

Luis Guillermo Solís Rivera
Precandidato PAC






© 2024 Republica Media Group todos los derechos reservados.