Leyes y realidad
Esteban Alfaro Calderón esteban.alfaro@caobalegal.com | Lunes 21 febrero, 2022
Las leyes como representación de la voluntad de popular son el instrumento soberano por naturaleza en las democracias modernas. Las sociedades occidentales transformaron paulatinamente la fijación de la autoridad sobre personas con poder absoluto, a un escenario donde el poder recae en las leyes, emitidas por representantes democráticamente elegidos.
Lo anterior no ha sido un camino sencillo, siempre la idea de transformar paradigmas o conceptos preconcebidos trae aparejada cierta resistencia, la cual en algunos casos puede ser carente de sustento científico o constitucional. Recientemente a nivel nacional se han vivido dos ejemplos concretos de esta obstaculización en diferentes sedes, a saber:
• En virtud de una consulta facultativa de constitucionalidad, la Sala Constitucional argumentó vicios en el proyecto de “Ley de patrocinio del deporte nacional”. Esta ley simplemente tenía como finalidad que las bebidas con contenido alcohólico pudiesen tener publicidad relacionada con el deporte, como sucede desde hace muchos años en la mayoría de países y con total repercusión en Costa Rica, donde hoy esas marcas se publicitan en los eventos deportivos que se trasmiten a diario en el país. Esto quiere decir, es un aspecto ya presente en la realidad cotidiana nacional; sin embargo, la Sala no valoró ese contexto y alegó una serie de puntos que, si bien están revestidos de aspectos jurídicos, en el fondo dejan ver una idea política de la realidad, esto quiere decir, una resistencia al cambio normativo, que lo que buscaba era solamente adaptarlo al entorno y que diversos sectores se beneficiaran con ello.
• Otro ejemplo reciente es la resistencia de algunos sectores puntuales, inicialmente el Poder Ejecutivo y la Iglesia Católica, a la firma por parte del Presidente de la República del Proyecto de “Ley de cannabis medicinal y cáñamo para uso industrial”. Dicho proyecto que ya cuenta con segundo debate en la Asamblea Legislativa, e incluso sí superó en este caso, una consulta de constitucionalidad ante la Sala, en donde expresamente la resolución de la Sala Constitucional manifestó que el proyecto no rosaba una serie de tratados internacionales en la materia. El proyecto simplemente, insistimos, busca regular algo que actualmente a nivel mundial es de sobra conocido y practicado con esos productos.
Estos dos ejemplos son solo una muestra de que, algún sector u ostentador de poder fáctico o normativo, en determinado momento, podrá utilizar sus competencias o incidencia, para obstaculizar la mutación del ordenamiento jurídico. Lo que olvidan esos sectores es que, sus facultades no son omnipotentes y estas no le alcanzan para cambiar la realidad, tanto a nivel informal y mucho menos internacional. En lugar de la prohibición y la imposibilidad de ciertas actividades las autoridades deben procurar su armonización, insistimos, con la realidad y no pretender que por impedir una ley van a lograr que las conductas humanas desaparezcan.
Un primer paso en el análisis realista del derecho, es desterrar los conceptos morales, religiosos y de temor humano que muchas veces nublan las valoraciones y procurar centrarse concretamente en los hechos, datos científicos y aspectos normativos inviolables, a fin de que la pureza de la interpretación sea mayor, siempre con la idea de que no caigamos en el juego iluso de ponernos una vende en los ojos para olvidar por un rato lo que sucede en la cotidianeidad, la cual sigue ahí.