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La impunidad mata

Nuria Marín nmarin@alvarezymarin.com | Lunes 27 octubre, 2008


Creciendo junt@s
La impunidad mata

Nuria Marín

Con una votación cerrada de cuatro a tres la Sala Cuarta declaró inconstitucionales los artículos 22 y 25 de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres. Dichas normas penalizaban el maltrato físico y violencia emocional infligidos a mujeres dentro de la relación matrimonial o en unión de hecho declarada o no.
Por no contar aún con la redacción del fallo desconocemos los pormenores de la resolución 15447-08. Lo que sí es previsible es el inmediato efecto que provoca la derogatoria que podría desencadenar en más violencia y muertes.
En lo inmediato peligran aquellas mujeres que valientemente rompieron con el círculo de violencia y denunciaron a sus compañeros agresores. Estos una vez liberados, podrían buscar venganza o volver a las “andadas”.
Para el resto de las mujeres se ha perdido un valioso recurso de protección, pues con la declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos indicados la ley queda en esencia mutilada.
Como lo indicó Jeannette Carrillo, presidenta ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres y ministra de la Condición de la Mujer, el 71% de las denuncias por mujeres víctimas de violencia corresponde precisamente a las situaciones de maltrato y violencia emocional.
Un nuevo escollo a una ley que enfrentó en su proceso de promulgación todo tipo de oposición; por ejemplo el calvario legislativo de cinco primeros debates e igual número de consultas constitucionales. Ante este nuevo traspié sin embargo, las mujeres y hombres con sensibilidad de género no podemos desfallecer.
A la dura realidad de decenas de muertes de mujeres por año a manos de sus compañeros añadimos como evidencia objetiva de la necesidad de la ley las estadísticas generadas con tan solo un año de vigencia. Los 1.035 requerimientos por el delito de maltrato, y más de 800 por el de violencia emocional hablan por sí solos.
De momento, y como bien lo han hecho la Defensoría de los Habitantes y el Inamu, lo prioritario es exigir a las autoridades correspondientes que previ,mente al egreso del privado de libertad, se cumpla rigurosamente con el protocolo de informar a las mujeres víctimas y asesorarlas en la disposición y ejercicio de las medidas cautelares contempladas en la Ley contra la Violencia Doméstica.
Vale resaltar también el llamado de Francisco Dall’Anese, fiscal general de la República, a los fiscales para oponerse al levantamiento o cambio de medidas cautelares y perseguir los delitos contra las mujeres basados en la normativa del Código Penal.
Conocidos los pormenores del fallo es imperativo tramitar una nueva iniciativa legislativa que superando los vicios de inconstitucionalidad, resuelva la situación de desprotección creada.
Se trata de resguardar los derechos humanos de las mujeres y cerrar un nuevo portillo de impunidad, grave mal que corroe nuestro Estado de derecho, contra el cual no debemos escatimar esfuerzos ni recursos.

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