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Jueves, 12 de diciembre de 2024



INVERSIONISTA


Falta a la neutralidad fiscal

Rafael Luna rluna@consortiumlegal.com | Lunes 26 octubre, 2015




Una de las aspiraciones de cualquier sistema tributario se refiere a la neutralidad del mismo, es decir, que sea un sistema que no provoque que las decisiones de los contribuyentes en la asignación de sus recursos y actividades, sean tomadas simplemente por una razón de carácter fiscal y no de eficiencia económica.
Por otro lado, vivimos en un país cuyas tasas de interés, si se comparan con otros países similares, son muy elevadas.
Precisamente en estos días el Gobierno pretende tomar medidas para abaratar el costo del dinero y hacer más accesible el crédito.
Dicho lo anterior, cabe destacar que con las modificaciones introducidas por la Ley de Banca para el Desarrollo, las posibilidades de acceso al crédito se vieron alteradas, al eliminarse una exención a la retención a las remesas de intereses a entidades financieras internacionales calificadas de primer orden, para pasar a un esquema en el que los contribuyentes tendrán que retener en el mediano plazo un 15%.
Dado que las entidades financieras pactan sus préstamos en montos netos, cualquier alteración en la carga tributaria de los préstamos deberá ser asumida íntegramente por el contribuyente.
Así las cosas, quienes hayan concertado créditos a largo plazo, simplemente por la modificación les saldrán ahora mucho más caros.
Adicionalmente, si para cumplir con el banco y con la legislación nacional se hace la remesa íntegra y posteriormente se integra al fisco la suma que debió ser retenida, esta no resultará deducible, porque se trata del pago de impuestos a un tercero.
Medidas de esta naturaleza van en contra precisamente del abaratamiento del crédito.
Adicionalmente, dado que somos una economía muy pequeña, los grandes proyectos que requieren importantes créditos, muchas veces ni siquiera están disponibles en el mercado local, debido a una serie de regulaciones nacionales.
Así las cosas, o me endeudo en Costa Rica con altas tasas de interés o pido prestado afuera pero teniendo que asumir un pago extra no deducible en la forma de la retención dicha.
El nuevo proyecto de impuesto de renta pone las cosas más cuesta arriba, porque se pretende que la retención a las remesas se le pague al fisco, aunque el deudor ni siquiera haya hecho el pago efectivo de dichos intereses.
Es decir, se tiene un objetivo gubernamental, pero por el otro lado, el Gobierno con su voracidad fiscal hace todo lo contrario.

Rafael Luna
Abogado tributario
rluna@afc.cr







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