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FORO DE LECTORES


Emergencias no son excusa para abusar

| Viernes 08 junio, 2012


Emergencias no son excusa para abusar

No es ético, ni legal que los altos jerarcas de la CNE se escuden en una emergencia para hacer lo que se les ocurra, sin tener el mínimo respeto por la ley; tampoco lo es que con el mismo pretexto se incurra en daños al ambiente, en abusos de recursos públicos, en corrupción, se exponga el nombre internacional de nuestro país y se ponga en riesgo el resultado de litigios internacionales.
La Ley 8488 establece la actividad extraordinaria que el Ejecutivo debe efectuar en caso de un estado de emergencia, confiriéndole posibilidad de aplicar un régimen de excepción. Lo anterior con el fin de dotar al Ejecutivo de un marco jurídico ágil y eficaz que garantice la reducción del riesgo y el manejo de las emergencias.
El Ejecutivo puede declarar el estado de emergencia, pero queda sujeto al control de constitucionalidad, discrecionalidad y legalidad, previsto en el ordenamiento jurídico. El ejercicio legítimo y oportuno de las potestades derivadas de un estado de excepción implica tomar medidas extremas, siempre y cuando estas medidas sean estrictamente necesarias para resolver las necesidades y no resulte más grave el remedio que la enfermedad.
De esta forma son permitidas la disposición de fondos y bienes públicos, imponer restricciones temporales, servidumbres, ocupación, derribo, restricción e incluso expropiación, sin previa indemnización.
Pero, como contrapartida, el Estado debe respetar al menos el contenido esencial de los Derechos Fundamentales. Pues, por más emergencia que exista, el Estado tiene la obligación legal de garantizar un equilibrio entre la eficiencia de la administración pública, a efecto de satisfacer el interés público, y el respeto por la dignidad, la libertad, el ambiente sano y ecológicamente equilibrado y demás derechos fundamentales.
Igualmente el Estado tiene la obligación de respetar los controles básicos de toda contratación administrativa.
Lógicamente la causa de la declaratoria de emergencia limita las acciones posibles únicamente a las relacionadas con esa misma causa. En el reciente caso de “La Trocha Fronteriza Norte” la causa fue la violación a la soberanía nacional, las acciones de nuestro Estado debieron limitarse a las relacionadas con la vulneración de la soberanía, como el acceso a la Isla Portillo o como ejercer actos de soberanía en el territorio amenazado, lo cual se podía realizar con un impacto ambiental mucho menor y sin necesidad de dilapidar cerca de ¢20 mil millones.
Costa Rica debe exigir vehementemente al Gobierno que, en el caso de “la trocha de los abusos”, y en los demás casos, donde, en nombre de una emergencia, se han profanado derechos fundamentales y se han festinado los recursos del erario público se sienten las responsabilidades penales, civiles, políticas y administrativas que proceden, para combatir la impunidad y desestimular este tipo de barbaridades en el futuro.

Gerardo Vargas Rojas
Presidente, Partido Unidad Social Cristiana





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