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Sábado, 14 de diciembre de 2024



INVERSIONISTA


El Salvador sigue el modelo costarricense de Fondos de Inversión

Fabio Parreaguirre fparreaguirre@larepublica.net | Jueves 18 diciembre, 2014




El Salvador sigue el modelo costarricense de Fondos de Inversión

Luego de unos cuatro años de acciones y aprendizaje, el mercado bursátil, así como el financiero en El Salvador tendrán la posibilidad de ofrecer fondo de inversión, tal y cómo lo hacemos en nuestro país.
Varios intermediarios del mercado entre ellos, puestos de bolsa y calificadoras de riesgo espera que la promulgación de la Ley de Fondos de Inversión en El Salvador promueva el desarrollo del mercado de capitales local, a través del establecimiento y desarrollo de una industria naciente de administración de activos, de acuerdo con el reporte especial publicado por la agencia.
Mucho tuvo que ver el mercado costarricense, ya que los salvadoreños tuvieron múltiples reuniones y acercamientos con las autoridades costarricenses para ayudarles a desarrollar este tema.
En septiembre de 2014, se publicó la ley referida en el país Centroamericano. Esta establece el marco legal y de supervisión específica para los fondos de inversión, las compañías respectivas que los administran (gestoras de fondos de inversión) y todo lo relacionado con dicho producto financiero.
Incluso los fondos nacionales podrían ofrecerse en el país salvadoreño, algo que ya se hace en Panamá y Nicaragua, al estar inscritas varias Sociedades Administradores de Fondos de Inversión en esos países.
“Esta ley es la única en El Salvador que regirá el funcionamiento de los fondos de inversión, domiciliados tanto localmente como en el exterior. Dado lo anterior, el mercado de capitales local y particularmente los inversionistas se beneficiarían de un marco regulatorio simplificado, transparente y fluido, que es necesario para la creación, competitividad y desarrollo ordenado de esta industria que destaca en otros países latinoamericanos”, indica Fitch Ratings en un comunicado sobre el tema.
Entre los aspectos más relevantes que contempla la ley, se encuentran aquellos relacionados con la constitución de las gestoras como las entidades cuya finalidad es administrar fondos de inversión tanto abiertos como cerrados, de acuerdo con lo prescrito en la misma.
Estos últimos pueden incluir activos financieros y/o inmobiliarios. Ambos fondos demandan un patrimonio mínimo ($350 mil para ambos tipos) y un mínimo de inversionistas para el inicio de operaciones.

Fabio Parreaguirre
fparreaguirre@larepublica.net
@fabiopLR







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