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FORO DE LECTORES


El inadecuado manejo de los fondos públicos

| Miércoles 09 septiembre, 2009


El inadecuado manejo de los fondos públicos

Nos deben llamar a reflexión las informaciones que un día sí y otro también salen sobre el manejo no procedente de los fondos públicos. El más reciente es sobre el pago de más por $1,3 millones que realizó el ICE por la construcción de dos subestaciones eléctricas, y que no pudo cobrar multas a la empresa constructora, porque reconoció que el atraso en el plazo de construcción de las obras era del propio Instituto.
Es importante señalar otras situaciones como el pago que hizo la CCSS por un sistema de cómputo para el pago de planillas, y que nunca se usó y tuvo un costo de ¢1.000 millones. Así como el sobrepago que hizo CONAVI por limpieza de cunetas, que según la Contraloría General de la República alcanzó la suma de ¢5 mil millones.
Además, el cambio de destino que se dio a los recursos provenientes de la República de China en Taiwán cuyo fin era la construcción de viviendas y se aplicaron a consultorías y otros gastos. Se debe preguntar qué pasa con el sistema de control, si no es que el control se ha convertido, en muchas oportunidades, en un fin en sí mismo, y no en un medio para mejorar el accionar institucional y para que se dé el mejor uso a los recursos públicos.
Se han establecido responsabilidades como lo establece la Ley de Control Interno, y la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos, especialmente en el Artículo 110 y ha existido una adecuada “Rendición de Cuentas”, como lo dispone el artículo 11 de la Constitución Política.
No debe perderse de vista que el control no solo es responsabilidad de las auditorías internas, ni de la Contraloría General de la República como auxiliar de la Asamblea en la fiscalización de la Hacienda Pública, sino que es responsabilidad de todos los niveles jerárquicos y funcionales de las instituciones y empresas que forman el sector público.
Por lo antes expuesto, se debe tener mucho cuidado con proyectos de ley que pretenden que solo se realice control posterior, cuando lo correcto es llevar a cabo un control integral, que involucre control previo, concomitante y posterior en aras de proteger la Hacienda Pública y que se dé un uso eficiente, eficaz y económico de los fondos públicos. Asimismo por tener que cumplirse en el ámbito de la Hacienda Pública, adquiere características distintas al sector privado, y conforman un sistema específico de control para el sector público, teniendo presente que el control de la Hacienda Pública sustituye la ausencia del interés particular, es de decir viene a proteger los intereses de la sociedad, según el Dr. Cayetano A. Licciardo ”El ejercicio del control público es para que la comunidad social pueda enterarse acerca del grado de cumplimiento de cada una de las funciones de la Hacienda Pública, y determinar las responsabilidades en que puedan incurrir los funcionarios y la Administración Pública para mejorar su organización y funcionamiento”.

Lic. Bernal Monge Pacheco
Consultor externo





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