El Fiscal mató al Principio de Inocencia
| Lunes 07 septiembre, 2009
El Fiscal mató al Principio de Inocencia
Gloria Bejarano de Calderón
De acuerdo con el Lic. José Miguel Villalobos, el fiscal Juan Carlos Carrillo es culpable del homicidio de un principio constitucional que garantiza el respeto a los derechos individuales de los costarricenses.
Un principio tutelado y respetado en todo país que se precie de vivir bajo un Estado de Derecho, como es la Presunción de Inocencia hasta que se pruebe lo contrario, en un juicio imparcial en el que la pieza acusatoria, elaborada por la fiscalía, concuerde con las pruebas presentadas en contra del imputado.
Al fiscal Juan Carlos Carrillo, le estorbaba este Principio y decidió acabar con él.
Desde el inicio de este proceso don Juan Carlos tomó la decisión de prescindir del Principio de Inocencia en el juicio Caja Fischel, no era necesario ni útil para sus propósitos. Aceptar su presencia lo llevaría a tener que sustentar su pieza acusatoria, conseguir pruebas irrefutables y probar la culpabilidad de los imputados. En definitiva era un principio peligroso.
En una primera instancia logró superar el escollo y no hubo necesidad de matar al Principio pues se pasó por alto la nulidad de las pruebas, con la esperanza de que durante el proceso alguien se autoincriminara o apareciera una prueba que diera respaldo a sus afirmaciones.
El Principio de Inocencia llegó al juicio, confiado y seguro se sentó frente a los jueces que complacidos lo vieron ocupar su lugar; a su izquierda los imputados y sus abogados celebraron su presencia; a su derecha fiscales y procuradores lo vieron con preocupación.
Los meses pasaron y el Principio sintió que corría peligro, estaba siendo amenazado: algunos obviaban que era obligación de la Fiscalía probar la acusación; exigían que los imputados probaran su inocencia; avalaban el “código penal de enemigo” donde el acusado es culpable hasta que pruebe su inocencia y justificaban, con su silencio, el uso de todas las trampas procesales para condenar a los imputados.
El tiempo llegó a su fin y el fiscal no había sido capaz de presentar una sola prueba en contra de Rafael Angel. Había llegado el momento de hacer un ultimo movimiento, un canal televisivo insistía en que Rafael debía probar su inocencia; un día si y otro también trataban de manipular a la opinión pública, preparando con total complicidad el momento en que el Principio de Inocencia debía morir.
El Principio de Inocencia llegó a la sala de juicio y se sentó como de costumbre, las conclusiones del fiscal Carrillo estaban por comenzar, fue entonces cuando dictó pena de muerte para la Presunción de Inocencia.
Como si fuera con un puñal, la afirmación del fiscal “el que calla otorga”, fue hiriendo de muerte al Principio de Presunción de Inocencia. Una y otra vez lo repitió el fiscal hasta que el Principio quedó tendido en media sala de juicio; con un hilo de voz se le oyó decir: “Señor Fiscal, está usted equivocado, el que calla no otorga, y el silencio no implica culpabilidad alguna. Recuerde la doctrina, ¡Onus probandi!, es de usted la obligación de probar la culpabilidad
Murió viendo a los jueces, seguro de que ellos jamás dejarán que el espíritu que inspiró a los constituyentes muera en manos del fiscal. Fue enterrado junto a cientos de libros de doctrina que perdieron vigencia, la Constitución, una página que contenía el Artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y otra con el Artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Su epitafio reza :
Aquí yace el Principio de Presunción de Inocencia
Nació para garantizar los derechos de los ciudadanos
Murió en cumplimiento de su deber.
San José, Costa Rica 2009
Gloria Bejarano de Calderón
De acuerdo con el Lic. José Miguel Villalobos, el fiscal Juan Carlos Carrillo es culpable del homicidio de un principio constitucional que garantiza el respeto a los derechos individuales de los costarricenses.
Un principio tutelado y respetado en todo país que se precie de vivir bajo un Estado de Derecho, como es la Presunción de Inocencia hasta que se pruebe lo contrario, en un juicio imparcial en el que la pieza acusatoria, elaborada por la fiscalía, concuerde con las pruebas presentadas en contra del imputado.
Al fiscal Juan Carlos Carrillo, le estorbaba este Principio y decidió acabar con él.
Desde el inicio de este proceso don Juan Carlos tomó la decisión de prescindir del Principio de Inocencia en el juicio Caja Fischel, no era necesario ni útil para sus propósitos. Aceptar su presencia lo llevaría a tener que sustentar su pieza acusatoria, conseguir pruebas irrefutables y probar la culpabilidad de los imputados. En definitiva era un principio peligroso.
En una primera instancia logró superar el escollo y no hubo necesidad de matar al Principio pues se pasó por alto la nulidad de las pruebas, con la esperanza de que durante el proceso alguien se autoincriminara o apareciera una prueba que diera respaldo a sus afirmaciones.
El Principio de Inocencia llegó al juicio, confiado y seguro se sentó frente a los jueces que complacidos lo vieron ocupar su lugar; a su izquierda los imputados y sus abogados celebraron su presencia; a su derecha fiscales y procuradores lo vieron con preocupación.
Los meses pasaron y el Principio sintió que corría peligro, estaba siendo amenazado: algunos obviaban que era obligación de la Fiscalía probar la acusación; exigían que los imputados probaran su inocencia; avalaban el “código penal de enemigo” donde el acusado es culpable hasta que pruebe su inocencia y justificaban, con su silencio, el uso de todas las trampas procesales para condenar a los imputados.
El tiempo llegó a su fin y el fiscal no había sido capaz de presentar una sola prueba en contra de Rafael Angel. Había llegado el momento de hacer un ultimo movimiento, un canal televisivo insistía en que Rafael debía probar su inocencia; un día si y otro también trataban de manipular a la opinión pública, preparando con total complicidad el momento en que el Principio de Inocencia debía morir.
El Principio de Inocencia llegó a la sala de juicio y se sentó como de costumbre, las conclusiones del fiscal Carrillo estaban por comenzar, fue entonces cuando dictó pena de muerte para la Presunción de Inocencia.
Como si fuera con un puñal, la afirmación del fiscal “el que calla otorga”, fue hiriendo de muerte al Principio de Presunción de Inocencia. Una y otra vez lo repitió el fiscal hasta que el Principio quedó tendido en media sala de juicio; con un hilo de voz se le oyó decir: “Señor Fiscal, está usted equivocado, el que calla no otorga, y el silencio no implica culpabilidad alguna. Recuerde la doctrina, ¡Onus probandi!, es de usted la obligación de probar la culpabilidad
Murió viendo a los jueces, seguro de que ellos jamás dejarán que el espíritu que inspiró a los constituyentes muera en manos del fiscal. Fue enterrado junto a cientos de libros de doctrina que perdieron vigencia, la Constitución, una página que contenía el Artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y otra con el Artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Su epitafio reza :
Aquí yace el Principio de Presunción de Inocencia
Nació para garantizar los derechos de los ciudadanos
Murió en cumplimiento de su deber.
San José, Costa Rica 2009