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Edicto: Ministerio de Obras Públicas y Transportes. - Diligencias de expropiación N° SABI 2022-219

Comunicados Digitales miguelibarra.asesor@larepublica.net | Martes 04 junio, 2024


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Canva / La República


Ministerio de Obras Públicas y Transportes. - Diligencias de expropiación.

EDICTO

Se hace saber que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con la Ley de Expropiaciones N°9286 del 30 de octubre de 2014, publicada en La Gaceta N°24 del 04 de febrero del 2015, y las reformas contenidas en la Ley N°9462 del 29 de junio del 2017, publicada en el Alcance N°175 del 18 de julio del 2017, está llevando a cabo las diligencias de expropiación, en contra de un BIEN INMUEBLE SIN INSCRIBIR, situado en distrito 02 Batan, cantón 05 Matina de la provincia de Limón, cuya posesión la indica tener elseñor Oscar Alexander Santamaría Piedra, cédula N°4-0156-0518, cuyas diligencias son necesarias para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Rehabilitación y Ampliación de la Ruta Nacional N°32, Carretera Braulio Carrillo, PSV Barbilla”, y son conocidas en el expediente administrativo N° SABI 2022-219.

En razón de lo anterior, se procede a notificar mediante el presente Edicto, la emisión de la resolución administrativa de Declaratoria de Interés Público N°2022-001406 de las 09:30 horas del 25 de octubre del 2022, publicada en el alcance digital N°236, Gaceta N°211 del 04 de noviembre del 2022, y fe de erratas de fecha 11 de noviembre del 2022, publicada en la Gaceta N°236 del 12 de diciembre del 2022, indicándose que se requiere expropiar un área de terreno equivalente a 136,00 metros cuadrados, según el plano catastrado N°7-35186-2022, para la ejecución del proyecto antes citado.

Asimismo, se comunica que el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, valoró la franja a expropiar, mediante avalúo administrativo N°2023-036 del 16 de febrero del 2023, por un monto a indemnizar de ¢2 240 990,00 (dos millones doscientos cuarenta mil novecientos noventa colones), total a pagar de conformidad con el avalúo antes citado, el cual fue aceptado por el poseedor mediante escrito visible a folio 85.

Esta administración se encuentra en trámite de expropiación parcial del inmueble, en las condiciones actuales, determinando que la posesión la ostenta el señor Oscar Alexander Santamaría Piedra, cédula N°4-0156-0518, sin embargo, al no existir diligencias de información posesoria en sede judicial para el respectivo proceso de inscripción de la finca, se considera importante, por este medio, comunicar a cualquier interesado la expropiación que afecta al inmueble.

Con base a lo anterior, siendo que el inmueble sujeto de expropiación no se encuentra inscrito en el Registro Inmobiliario, no pudiéndose completar la documentación necesario para la remisión del expediente expropiatorio a la Notaría del Estado, no constando a esta administración la apertura de un proceso de Información Posesoria; en este acto, de conformidad con el artículo 25, de la Ley de Expropiaciones, se emplaza por 3 días hábiles, contados a partir de la última publicación del presente edicto, para que cualquier interesado que ostente un mejor derecho, formule ante éste Ministerio su apersonamiento, respecto al inmueble objeto de expropiación, de lo contrario se advierte que una vez transcurrido el plazo, se continuará con las diligencias de expropiación conforme a la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

PUBLÍQUESE. San José, veinticuatro de mayo del 2024.


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