Logo La República

Viernes, 19 de abril de 2024



COLUMNISTAS


Discurso apocalíptico

Rafael Luna rluna@consortiumlegal.com | Lunes 12 septiembre, 2016


Discurso apocalíptico

Abogado Tributario
Bufete Batalla, Salto, Luna

Recientemente hemos visto cómo la Sala Constitucional declaró por votación unánime de sus siete magistrados en propiedad, la violación a nuestra Constitución Política, de aquellas normas que pretendían por la simple opinión de unos auditores fiscales, se pudieran ejecutar embargos de todo tipo contra los contribuyentes, si no se pagaba la “supuesta” deuda en un plazo de 30 días.
Dentro del corto tiempo en que se aplicó la norma, incluso se embargaron cuentas bancarias de empresas, prácticamente paralizándolas, con todas las consecuencias que eso tiene, incluso para sus empleados, que no tenían nada que ver en el asunto.
Esta inconstitucionalidad evidente desde sus inicios, no impidió al Ministerio de Hacienda lograr presionar y convencer a los diputados de la supuesta necesidad de imponer esa regla y de paso, aprobar otra serie de normas que complementaban dicha inconstitucionalidad en todo su espectro, haciendo prácticamente imposible a empresas pequeñas, medianas y grandes poder rendir una garantía para evitar los embargos.
Adicionalmente, mientras estuvo en vigencia la norma, la Administración Tributaria emitió directrices que básicamente hacían que cualquier alegato previo al cobro que tuviera que ver con la legalidad del mismo, ni siquiera se tomara en cuenta y continuaran con el proceso.
A pesar de que el Ministerio de Hacienda ahora se rasga las vestiduras y continúa con el discurso de que ese tipo de acciones son “licencias para evadir”, lo cierto del caso es que lo que solicitamos los contribuyentes en las cinco acciones de inconstitucionalidad y las 13 coadyuvancias presentadas ante la Sala, era simplemente seguir teniendo derecho para que antes de cobrar, hubiera un tercero independiente (un juez) que revisara si ciertamente esa deuda era real.
Creo que pedir que un juez determine si existe una deuda tributaria antes de que la cobren no es mucho pedir y alegar que eso es una “licencia para evadir” aparte de ser una falsedad, muestra una peligrosa tendencia de la Administración, en la que cualquier cosa que signifique respetar los derechos de los contribuyentes, pero que no convenga a sus intereses se convierte en una “licencia para evadir”.
El punto es que esa normativa violaba la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que precisamente señala de forma textual que no se pueden establecer obligaciones sin antes existir un juez imparcial que lo determine.
Ni más, ni menos. No hay que hacer muchos esfuerzos interpretativos para notar esta clarísima violación. Y al violar la Convención, irremediablemente se viola nuestra Constitución.
Pero este discurso apocalíptico se acaba de volver a poner de manifiesto en la reciente discusión del Proyecto de Fraude Fiscal, donde la propia Comisión de Hacendarios solicitó el criterio de un respetable tributarista, que fue posteriormente acribillado por el Gobierno y algunos diputados a base de burdas falacias ad hominem y no de argumentos en contra de lo que manifestó.
Sin entrar en el fondo del asunto, en la discusión sobre las penas aplicables al delito de defraudación fiscal, lo que el sector privado defendió fue que se impusieran penas similares a las existentes en Estados Unidos, España o Alemania.
¿Será que en esos países existe licencia para evadir?
Este tipo de argumentaciones basadas en la descalificación no es nada novedoso. Lo que sí resultó novedoso es que esas críticas fueron hechas por el Gobierno en el propio seno de la Comisión de Hacendarios, donde los funcionarios de la Administración Tributaria estuvieron presentes precisamente para presionar y hacer valer sus opiniones ante los diputados.
Moraleja: Tributación sí puede presionar y participar en la Comisión de Hacendarios, pero si lo hace alguien del sector privado invitado por la propia Comisión, no importa su preparación académica o experiencia profesional, lo único que se busca son licencias para la evasión.
La verdad es que lo único que verdaderamente parece apocalíptico son los presupuestos que el Gobierno se deja enviar a la Asamblea Legislativa y que para colmo son pésimamente administrados y hasta saqueados.
Entonces, ¿para qué tanta agresividad en la dotación de poderes exorbitantes que permitan extraer tributos, cuando la función que justifica su recolección coactiva no se cumple? ¿En qué país vivimos?

NOTAS ANTERIORES


La mentira

Viernes 19 abril, 2024

Los esfuerzos educativos de la sociedad siempre han formado en la verdad nunca en la falsedad ni en la mentira.

Políticos cínicos y mentirosos

Miércoles 17 abril, 2024

En el equilibrio de poderes, el Legislativo tiene la función de hacer las leyes y de ejercer control político sobre toda la administración pública del Estado, e







© 2024 Republica Media Group todos los derechos reservados.