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Diferencial cambiario inicia controversia

Wilmer Murillo wmurillo@larepublica.net | Miércoles 29 agosto, 2007




Incremento de margen autorizado afectará a clientes, según Cámara de Bancos

Diferencial cambiario inicia controversia

• Central ajustó diferencial para generar mayores ingresos

Wilmer Murillo
wmurillo@larepublica.net

La decisión del Banco Central de incrementar un 150% la diferencia entre los tipos de compra y venta de dólares genera malestar entre los bancos.
La controversia surge porque este aumento es considerado como excesivo por parte de algunas entidades financieras.
La primera en oponerse fue la Cámara de Bancos e Instituciones Financieras de Costa Rica (CBF), que solicitó “valorar el impacto negativo que tendrá el incremento de un 150% del diferencial entre los tipos de compra y venta de dólares”.
De acuerdo con una modificación al Reglamento para las Operaciones Cambiarias de Contado, se incrementó el canon actualmente cobrado del 15% hasta un 25% del diferencial entre los tipos de compra y de venta de divisas.
“A pesar de que el Banco Central tiene la potestad legal de cobrar un canon por la compra-venta de divisas, debería valorar el impacto negativo que el incremento tendrá en los costos de operación de los intermediarios y en sus clientes”, dijo Anabelle Ortega, directora ejecutiva de la Cámara de Bancos.
La directora prevé que un incremento de esa magnitud afectará directamente el margen de intermediación de todas las entidades bancarias y financieras.
La opción es trasladar el aumento integral al cliente final, con lo cual el usuario sería el más afectado, señaló Ortega.
Sin embargo, el movimiento es defendido por las autoridades del ente emisor.
El diferencial es, ciertamente, una tarifa reconocida en el reglamento de operaciones cambiarias como una potestad del Central, dijo por su parte Jorge Madrigal, director de la División Económica del Central.
El objetivo no es ni más ni menos que incrementar los ingresos del Banco para pagar sus pérdidas, añadió.
La Cámara de Bancos propuso a la Junta del Central que el porcentaje de aplicación del cobro se establezca en función del diferencial cambiario que aplique cada entidad autorizada participante. De esta forma, cuanto mayor sea el margen de la entidad de cada institución, mayor será el porcentaje de cobro que aplique el Banco Central, de acuerdo con una escala de cobro establecida que oscile gradualmente entre el 10% actual y el 15%.
Sin embargo, el ente emisor no valora esa opción y por el contrario considera que los bancos tienen la potestad de trasladarle el efecto al usuario, “aunque ello va a depender de la competitividad del mercado y las posiciones en moneda extranjera de cada banco”.
Lo más terrible de toda factura es el incremento en las transacciones, y el tanto que se traslade a los usuarios y cuánto asuman los bancos comerciales dependerá de la elasticidad de la oferta y la demanda de divisas, señaló Madrigal.
La medida es admitida como legal por los bancos, dijo Jorge Guardia, asesor económico de la Cámara de Bancos. Sin embargo, el punto es que en los regímenes cambiarios modernos las divisas no pertenecen al Estado, sino a los exportadores y demás tenedores legítimos, indicó el experto.
“No son, por tanto, del Banco Central y este no debe cobrar por las transacciones entre particulares, en donde no interviene directa ni indirectamente”, acotó el funcionario.
Los bancos centrales no participan en la compra-venta en sí, pues no prestan ningún servicio, aun cuando pueden intervenir directamente en el mercado comprando o vendiendo divisas para estabilizar el tipo de cambio.
Sobre el tema se intentó conocer la opinión la Asociación Bancaria Costarricense (ABC), pero al cierre de la edición no se había obtenido respuesta.







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