Logo La República

Viernes, 29 de marzo de 2024



COLUMNISTAS


¡Déjense de pendejadas!

Vladimir de la Cruz vladimirdelacruz@hotmail.com | Miércoles 25 noviembre, 2015


El matrimonio de personas del mismo sexo se impondrá en Costa Rica. ¿Por qué buscarle recovecos legales y esperar pendejamente para su aprobación y aceptación?

Pizarrón

¡Déjense de pendejadas!


La Constitución Política es la Ley Superior a la cual no puede oponerse ninguna otra. Allí se contemplan aspectos de estructura institucional y estatal y, especialmente, los derechos y libertades que rigen la vida de los ciudadanos sobre cualquier ley ordinaria.
Estos derechos y libertades no pueden limitarse ni prohibirse porque dejan de ser derechos y libertades.
En la Constitución Política actual los constituyentes visionariamente establecieron, en su artículo 52, que “el matrimonio es la base esencial de la familia y descansa en la igualdad de derechos de los cónyuges”, sin indicar que el matrimonio es la unión de hombre y mujer.
En el artículo 51 enfatizaron que “la familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad, tiene derecho a la protección del Estado”. Esa “familia” es la de los “cónyuges”. Y agregaron que igual derecho de protección tienen “la madre, el niño, el anciano y el enfermo desvalido”, distinguiendo componentes sociales, específicos y particulares, sin perjuicio ni prejuicio, de la protección de los “cónyuges”.
En los diccionarios de la Lengua Española se dice que “cónyuge” es la “persona unida a otra en matrimonio” (Diccionario de la Real Academia), cónyuge es “cualquiera de los dos esposos respecto del otro” (Enciclopedia Ilustrada La Fuente), cónyuge es el “consorte”, “que debe amor y fidelidad” (Pequeño Larousse en color), siendo que el consorte es cada “persona que comparte con otra una misma suerte”, es cada uno de los esposos respecto del otro. Y el esposo o esposa es la persona unida a otra por los lazos del matrimonio.
La sociedad conyugal es la convivencia bajo normas comunes, pactada por personas para cooperarse en la consecución de determinados fines. “Cónyuges” porque comparten el yugo, la carga pesada.
Casarse es contraer o unirse en matrimonio, que puede ser de un hombre y una mujer, o de dos personas del mismo sexo, en ambos casos bajo ciertos ritos y formalidades, “para mantener una comunidad de vida e intereses”. El matrimonio, en sencillo, es una pareja unida.
El matrimonio recién realizado por Jazmín Elizondo y Laura Flores Estrada, con base en estos artículos constitucionales, está bien realizado, al margen de si una de ellas aparecía, por error registral, al momento del contrato matrimonial hecho, en la cédula, como “hombre”, que no lo es, ni lo aparentaba u ocultaba en su vida diaria.
El acta notarial de este matrimonio se me hace que está mal confeccionada en este sentido, al no precisar los fundamentos constitucionales, la naturaleza y alcances del contrato matrimonial convenido, por fundarlo en normas de menor rango constitucional, y al no “notariar”, o dar fe, del contrato matrimonial realizado con detalle de sus cláusulas y protecciones mutuamente contraídas en ese acto personalísimo, que permite exigir y hacer lo que la Constitución establece a favor de la persona o cónyuge.
Quienes se alarman de este matrimonio, que piden su nulidad y cárcel para los contrayentes y el notario, no dejan de ser cobardes políticos, calculadores populistas o hipócritas religiosos.
Desde los poderes públicos y las iglesias hasta en las familias más humildes del país hay gays, lesbianas, uniones libres o convivientes.
El matrimonio de personas del mismo sexo se impondrá en Costa Rica. ¿Por qué buscarle recovecos legales y esperar pendejamente para su aprobación y aceptación?

Vladimir de la Cruz

 

NOTAS ANTERIORES


Salve, oh tierra gentil

Miércoles 27 marzo, 2024

Este libro recoge sus inquietudes intelectuales, provocadas, entre otras cosas, por su vínculo con el trabajo de la Academia Morista Costarricense, de sus activ







© 2024 Republica Media Group todos los derechos reservados.