Logo La República

Viernes, 13 de diciembre de 2024



NACIONALES


De cal y de arena

Alvaro Madrigal cuyameltica@yahoo.com | Jueves 23 agosto, 2007




Alvaro Madrigal

En cuestiones de fe, el Papa posee el don de la infalibilidad. En asuntos electorales, el Tribunal Supremo de Elecciones de la República de Costa Rica parece presumir de poseerlo. Los efectos, por supuesto, son distintos en un caso y en otro. No me ocuparé de si la historia registra alguna conflagración social a resultas de las posiciones papales en temas de fe. Pero en los predios terrenales como son los que delimitan el accionar del TSE, probablemente esos efectos conduzcan a encendidos encontronazos y al desborde de pasiones cuando surge, diseminada entre la población, la percepción de que alguna resolución de trascendentales secuelas, es un craso error, una desabrida torcedura del mandato de la ley. Ya Costa Rica vivió estas páginas en 1948 cuando el Tribunal Electoral no supo estar a la talla de las circunstancias. Un país dividido profundamente esperaba su veredicto, pero solo para hacer espacio a una mera formalidad pues se daba por un hecho que se le cuestionaría, cualesquiera fuesen sus contenidos. Su voto tensó más la sociedad. Una situación en que el aire se enrarecía y el odio se cuajaba, y donde todos esperaban ser parte de los acontecimientos, unos para quitar al gobierno, otros para sostenerlo... todos dispuestos a llegar a donde fuera. Así lo ve el periodista e historiador Guillermo Villegas. 


En 2007 la sociedad costarricense está profundamente polarizada, tensa e insegura de su futuro. Las pasiones por poco se desbordan por los términos en que se negoció el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos. Excluir el TLC de la agenda parlamentaria donde se ha evidenciado impericia e insensatez en los procedimientos, y dejar su suerte a la voluntad mayoritaria expresada en un referéndum, pareció ser la fórmula salvadora. No obstante, la vía para ponerlo en práctica no pudo preservar su virginidad. Los manoseos pronto aparecieron: la correspondiente convocatoria se tramitó en sesiones extraordinarias cuando debió hacerse en las ordinarias y el decreto de convocatoria llama a votar un dictamen aprobado por una Comisión Parlamentaria (¿y no es que hubo tres dictámenes?) y no el TLC firmado por las partes y depositado en la OEA. Errores de bulto, graves, que podrían incidir en la confiabilidad ciudadana sobre el proceso y que el TSE bien pudo enmendar en uso de la amplia y exclusiva potestad que tiene (Art. 102, inc. 3, de la Constitución) cuando este esperpento le llegó, y visto que el Tratado al momento solo había sido objeto de “actuaciones preliminares de una Comisión” (voto 9469-2007, Sala IV). O bien hace pocos días cuando el jurista Jorge Enrique Romero recurrió en pos de amparo para los principios constitucionales de transparencia y publicidad, ausentes del trámite de la ley de convocatoria. Mas el TSE cerró las puertas a la racionalidad porque “sus resoluciones no tienen recurso”. ¿Y si son el más grande de los sinsentidos, qué queda? “Summum ius, summa injuria”, decían los romanos cuando en el potrero de Los Gallegos querían decir que el derecho aplicado al pie de la letra puede consagrar un atropello al derecho.







© 2024 Republica Media Group todos los derechos reservados.