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Jueves, 3 de octubre de 2024



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De los fondos jubilatorios y otros demonios

Redacción La República redaccion@larepublica.net | Viernes 20 septiembre, 2024


Lucía López Regidor


Lucía López Regidor

Politóloga

llopezregidor@gmail.com

El tema de las pensiones es un tema que cada vez más debe ocuparnos como sociedad costarricense, no debe limitarse a las personas que están próximas a jubilarse, debe generar diálogo y concertación a nivel nacional.

En la Asamblea Legislativa se discuten algunos proyectos de ley relacionados con el tema de las pensiones y en estos días está en la palestra el proyecto de Ley Expediente No.21.824 que señala como objetivo derogar los regímenes de pensiones complementarias creados por leyes especiales, a fin de eliminar los aportes patronales para esos fondos y dejar de pagar otras pensiones con cargo a los presupuestos de las instituciones.

La propuesta, que constituye una ocurrencia con algunas inconsistencias jurídicas, ha sido objeto de muchas críticas y enmiendas, para tratar de construir un muñeco, medio tuerto y miope, pero que les permita a los Padres de la Patria salir en la foto de todo lo que significa eliminación de beneficios en el sector público. Desde el error de origen, al mezclar pensiones con fondos de retiro, y derogar de cuajo normas que contienen regímenes compuestos por fondos de jubilaciones y fondos de garantías, o fondos de ahorro, cuando estos últimos no son parte del objetivo de la norma propuesta. Es represiva y desproporcionada por el daño financiero que implicaría la liquidación anticipada de los fondos y al obligar a las personas ahorrantes a firmar un documento aceptando las pérdidas, cuando el daño sería causado por una decisión de la Asamblea Legislativa, no por la administración de los dineros.

Sumado a las inconsistencias señaladas, surge la necesidad de cuestionarse cuáles son las verdaderos intereses de los defensores del proyecto 21.824, pues se percibe la duda de si éstos defensores, incluyendo legisladores, de alguna forma estén ligados, ellos o sus familiares, a negocios que tengan intereses financieros que esperan la liquidación en el mercado bursátil de los certificados donde se administran los fondos, a precios de liquidación, para beneficiarse a costa de la pérdida obligada que estarían materializando por medio de esta norma y que esta sea la razón por la cual se hacen los sordos y ciegos a las inconsistencias y el daño económico que refleja el proyecto y cualquier propuesta que pretenda liquidar los dineros que existen en las cuentas de las personas de las diferentes instituciones.

Más crece la duda cuando se insiste en vender políticamente el proyecto de ley con el discurso de “eliminar pensiones adicionales a los funcionarios públicos”, cuando esto no es todo lo que abarca el proyecto, usando este mensaje poco transparente para cercenar el derecho de otros beneficios sociales de los empleados de las instituciones, sin aceptar otras alternativas que generen cultura de ahorro.

En todo caso, si los legisladores están preocupados por la carga presupuestaria que significan estos fondos en las instituciones del Estado, existen otras opciones para eliminar el aporte patronal si fuera la intención, ya que no es necesario desaparecer esta garantía laboral y liquidar de manera anticipada los dineros en los diferentes fondos, más bien se pueden considerar iniciativas autogestionarias de fondos de jubilaciones con aporte de las personas trabajadoras y la Administración del 1.5% que el patrono aporta al ROP, según lo dispone la Ley de Protección al Trabajador.

Estas propuestas no han sido de interés de la mayoría de los miembros de la Comisión de Asuntos Sociales, ya que en las últimas versiones del proyecto, se buscan figuras que, de una u otra forma, obligan a materializar pérdidas millonarias en los certificados donde están colocados los dineros, ya sea por su propuesta de liquidación anticipada o bien al trasladar los dineros al ROP, donde se conoce que cada Operadora de Pensiones tiene diferentes instrumentos de valoración financiera, corriendo un alto riesgo de reportar una pérdida por recepción de certificados, o en su defecto obligar a estos fondos de retiro y de garantías a liquidar los certificados para individualizar los ahorros entre sus afiliados y sus diferentes operadoras.

En definitiva, se está dando un doble discurso a nuestra sociedad, por un lado, se dice que el régimen de pensiones de IVM no da más y que las personas deben ahorrar para su vejez, y por otro lado, se satanizan las iniciativas colectivas autogestionarias, que pueden ser más robustas, en el sector público o privado. Entonces: ¿En qué quedamos?







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