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Código Oficina: Sin humo en las oficinas

Melissa González mgonzalezt@larepublica.net | Martes 06 marzo, 2012





Sin humo en las oficinas
Los empleadores deben garantizar la integridad del lugar de trabajo y mantenerlo libre de contaminación del cigarrillo

Durante la semana pasada uno de los temas más comentados fue la Ley General de Control de Tabaco, una iniciativa que invita a las empresas a tomar medidas con el propósito de garantizar la integridad de sus empleados en el lugar de trabajo.
Por ello es fundamental que quienes no han comenzado a buscar opciones para iniciar el proceso de tener un edificio libre de humo, lo hagan.
Ya en el país varias instituciones han dado el paso, una de ellas, la Universidad Nacional, anunció la semana pasada la prohibición del fumado en los edificios, oficinas, aulas, laboratorios, auditorios, bibliotecas, salas de reuniones, baños y sus zonas verdes.
Acciones que se espera otras organizaciones empiecen a implementar, y además es importante que comiencen a conocer los alcances de la ley.
“A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, no podrá haber ‘zonas de fumado’ en las empresas. Ni siquiera los representantes patronales, sean gerentes o dueños, entre otros, tendrán derecho a fumar en el centro de trabajo, aun cuando lo hagan en lugares cerrados”, aclaró el abogado Francisco Salas Chaves, socio de la firma BDS Asesores.
Además explicó que con la entrada en vigencia de la norma, el patrono podrá sancionar al trabajador que incumpla su obligación de no fumar, pues será la única forma de demostrar ante las autoridades administrativas que cumple con su obligación de mantener libre de humo el centro de trabajo.
“Asimismo la ley establece que el patrono deberá procurar darle al trabajador permiso para asistir a programas que le permitan dejar su adicción”, dijo. Aunque afirma que en este punto la ley no es clara sobre si este permiso deberá ser con goce de salario o sin él.
Como recomendaciones para las empresas destaca la de emitir una política interna en la que se aclare la forma en que esta nueva ley resulta aplicable en el centro de trabajo.
“Asimismo deberá colocar los rótulos que la ley exige, con el fin de recordar la prohibición de fumado.
Resulta de especial importancia generar una campaña de información que le indique al trabajador cuáles son sus obligaciones frente a esta nueva ley y las posibles sanciones”, comentó.
Además considera fundamental que la empresa no se comprometa por el actuar individual de algunos trabajadores, y que desde el propio día de entrada en vigencia de la norma, establezca un ambiente libre de humo en el centro de trabajo. Por ello se debe localizar a las personas que podrían resultar por esta medida y advertirles de su intención de hacer cumplir la ley.

Melissa González
mgonzalezt@larepublica.net






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