Claves para entender la ley de salarios públicos
Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Viernes 06 mayo, 2016
La alianza opositora que controla el Congreso, promueve la aprobación por la vía rápida del proyecto de racionalización del gasto público, el cual incluye varios cambios a los salarios de los burócratas.
Esa propuesta ha sido motivo de discordia sin haberse discutido, ya que los sindicatos y el Frente Amplio la rechazan porque supuestamente serviría para recortar muchas personas.
Sin embargo, la gran mayoría de funcionarios públicos no se vería afectada, ya que la iniciativa pretende limitar únicamente los pluses salariales por encima de los ¢5 millones.
Asimismo, la ley en cuestión no bajará el sueldo de quienes ya ganan por encima de ese monto, sino que se empezará a aplicar para las nuevas contrataciones.
Otros aspectos del proyecto, que podrían cambiar durante su trámite en comisión, incluyen el establecimiento del tope de cesantía en ocho años, y las nuevas reglas en cuanto a las convenciones colectivas.
La ley sería aprobada en primer debate, si la alianza consiguiera el voto de tres más, que podrían ser del PAC, la propuesta actualmente cuenta con el respaldo de 35 legisladores.
¿Cuáles empleados públicos se verían afectados por las nuevas reglas de la ley para racionalizar el gasto público?
El proyecto cubriría a los funcionarios de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, además del Tribunal Supremo de Elecciones y todo el personal de órganos auxiliares y desconcentrados como la Procuraduría, Contraloría y Defensoría.
Asimismo, incluye a todos los servidores de órganos desconcentrados, municipalidades y universidades.
Los únicos funcionarios públicos que quedan exentos de la ley son los del INS, el ICE y los bancos del Estado, que están en un régimen de competencia.
¿Es cierto que se van a recortar los salarios públicos?
Se establecería un tope salarial únicamente para los nuevos empleados públicos de 18 salarios mínimos mensuales del sector privado, lo que representaría un sueldo de unos ¢5 millones.
Por ejemplo, un nuevo magistrado no podrá ganar más de ¢5 millones, igual pasaría con los nuevos médicos de la Caja, sin importar si son especialistas.
Quienes en estos momentos ya ganan más del tope salarial, no verán un recorte en sus estipendios actuales, aunque sí tendrán que sujetarse a los aumentos de inflación cuando se apruebe la ley.
Por otro lado, los pluses salariales dejarán de tener efecto.
¿Qué pasará con los salarios de funcionarios que hoy ganan menos del tope de ¢5 millones?
Sus salarios quedarán esencialmente iguales, ya que la contención de los pluses solo se aplicará después del monto máximo.
¿Podrán las instituciones públicas dar retribuciones adicionales al salario base?
Sí podrán, siempre y cuando la institución identifique los nuevos ingresos que los cubrirán, entendiendo por estos una nueva fuente de recursos, cuya efectividad fiscal deberá ser acreditada por la Contraloría.
¿Hasta cuántos años de haber trabajado en el sector público se reconocerán en la cesantía?
Se propone un tope máximo de ocho años para todos los nuevos empleados, mientras que los funcionarios que gozan de unas prestaciones mayores, las seguirán manteniendo.
¿Cuáles serán las reglas para la dedicación exclusiva?
La dedicación exclusiva no será un derecho adquirido y únicamente recibirán este beneficio los funcionarios que cuenten con la aprobación de la Autoridad Presupuestaria y la Contraloría.
La compensación económica se otorgará por porcentajes diferenciados conforme al grado académico de cada empleado; sin embargo, la dedicación exclusiva tendrá un tope del 50% del salario base.
¿Qué pasará con las anualidades y la disponibilidad?
La anualidad no podrá ser superior al 1,94% y para ser reconocida, previamente habrá un proceso de evaluación que se medirá por metas e indicadores cuantitativos.
En cuanto a la disponibilidad, solo un 20% de los trabajadores de una institución, podrá gozar de este beneficio, el cual no podrá superar el 15% del salario base y podrá ser eliminado en cualquier momento.