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Cinco proyectos hacen fila para referéndum

Karla Madrigal kmadrigal@larepublica.net | Miércoles 20 julio, 2016 12:00 a. m.


Imagen con fines ilustrativos. Shutterstock/La República.


Unos cinco proyectos de ley hacen fila para ser votados por medio del mecanismo de referéndum.

A este punto llegan todas esas iniciativas que pasaron por Asamblea y no llegaron a una votación, lo que genera el descontento de la población y la propuesta de plebiscito.

El proyecto para penalizar el maltrato animal fue uno de esos proyectos que tomó una vida paralela en las calles y ahora busca unas 220 mil firmas que avalen la necesidad de llevar el proceso a referéndum.

Actualmente, la Asociación Aba Animal (ABAA) mantiene el trabajo de recolección de firmas en apoyo al proyecto de ley, con fecha límite de entrega hasta el 22 de marzo del próximo año.

La Asociación entregó ayer 3.300 formularios, es decir, 33 mil firmas al Tribunal, y para los próximos días la organización espera reunir las 220 mil firmas requeridas, según Juan Carlos Peralta, presidente de ABAA.

El segundo es la ley del salario mínimo del sector privado, sin embargo, miembros de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) aún están a la espera de la entrega de los documentos visados para la recolección debida de firmas.

Los otros tres proyectos, ley de empleo público, el cierre de Recope y la ley para el aprovechamiento de los recursos energéticos nacionales, se encuentran en trámite a la espera de los informes de servicios técnicos para la aprobación o rechazo por parte del TSE.

A lo que va del año, el TSE ha recibido tres solicitudes de referéndum, el año anterior se registraron cinco de ellas, en promedio, el Tribunal registra cuatro por año.

Desde el 2006, el TSE ha autorizado la recolección de firmas de nueve proyectos, sin embargo, han sido archivados al no cumplir con el total requeridas en el periodo establecido o resultan contrarias a la Constitución Política.

En los últimos diez años Costa Rica ha vivido un único referéndum, en donde se elegiría si el país debería o no aprobar el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos y Centroamérica, elección que ganó quienes apoyaban el TLC en el 2007.


Una medida de presión

La solicitud de llevar proyectos de ley a un mecanismo de votación popular determinaría el poder de negociación de los diputados, sin embargo, no dependen de los legislativos ya que es un derecho ciudadano e incluso podría ser interpuesto por la Asamblea Legislativa o el Poder Ejecutivo, explicó Vladimir de la Cruz, analista político y columnista de La República.

Además, convocar a referéndum un proyecto de ley que esté en corriente legislativa no sería muy beneficioso, ya que en el transcurso del mismo podría ser aprobado por los diputados, agregó.

Por otro lado, convocar un proyecto serviría como presión a los diputados para que se apruebe o rechace un proyecto de ley, como es el caso del la ley contra el maltrato animal, “que está surgiendo efecto”, explicó el analista político.

“Es casi técnicamente que imposible que se realice un referéndum a estas alturas debido al tiempo con el que contamos, ya que se debería de hacer antes de agosto del próximo año debido a las elecciones presidenciales”, dijo el columnista de La República.


¿Cuánto le cuesta al Estado realizar un referéndum?

De aprobarse algún proyecto de ley para ser votado por elección popular, el costo aproximado es de ¢2.500 millones, según datos suministrados por el Tribunal Supremo de Elecciones.

Para el referéndum del TLC se utilizaron ¢1.093 millones, según la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos.


¿Cómo proponer un proyecto de ley a referéndum?

Cualquier ciudadano o grupo de ciudadanos pueden solicitar al Tribunal Supremo de Elecciones llevar algún proyecto de ley que se encuentre en la corriente legislativa o de iniciativa propia a consulta popular, según Andrei Cambronero, letrado del TSE.

La solicitud se puede realizar a través de una carta sencilla indicando el número de proyecto. Una vez presentado, el Tribunal analizará si el proyecto solicitado no se encuentra dentro de las limitantes establecidas en la normativa como aquellos sobre materia presupuestaria, tributaria, fiscal, monetaria, crediticia, de pensiones, seguridad, aprobación de empréstitos y contratos, ni actos de naturaleza administrativa.

Si obtiene el visto bueno del TSE, la iniciativa se sometería a un análisis técnico en la Asamblea Legislativa, que emitiría un informe y de ser admitido, el Tribunal emite la aprobación y la emisión de los documentos para la debida recolección de firmas.

Una vez entregados los formularios, los representantes tendrán nueve meses para la recolección de las firmas, que equivalen al 5% de los ciudadanos empadronados en el Tribunal.

Además, se deberá tomar en cuenta que se podrá llevar a votación únicamente un referéndum por año, y no podrá hacerse ni seis meses antes ni después de una elección presidencial, según la normativa del TSE.







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