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CHISPORROTEOS

Alberto Cañas afcanas@intnet.co.cr | Sábado 11 septiembre, 2010



Chisporroteos


Digan lo que digan, ha hecho bien, pero muy bien el Gobierno, al negarse a acatar la insoportable, estúpida y a lo mejor inconstitucional orden que sin tener facultades para ello le dio la Sala Constitucional al resolver un sencillo e intrascendente recurso de amparo, de suspender la tradicional costumbre de detener vehículos y averiguar en qué andan cuando hay sospechas de algo, cosa que a nadie ha ofendido nunca y que más bien le concede al ciudadano una dosis de optimismo al saber que las autoridades están haciendo algo.
En forma casi simultánea, un ciudadano estimable propone que la existencia misma de la susodicha sala se someta a un plebiscito. Lo cual le para el pelo a cualquiera que no se haya quedado calvo a causa de un susto propinado por la bendita sala. ¡Y cuidado si un plebiscito no es la mejor solución para el creciente problema que nos tiene prácticamente sin gobierno!
Cuando la fundaron, sus creadores dieron argumentos muy convincentes sobre la necesidad de hacer algo. Pero no hicieron lo que debían.
El recurso de inconstitucionalidad existió siempre, y lo resolvía la Sala de Casación o sea el más alto tribunal de la República. El problema consistía en que el recurso estaba muy limitado. Solo podía interponerlo aquella persona a quien le estuvieran oponiendo en un juicio la ley reputada de inconstitucional. De suerte que prácticamente no se producían recursos de inconstitucionalidad.
Lo que había que hacer era abrir el recurso como lo está hoy: cualquier habitante del país puede presentar recurso de inconstitucionalidad contra cualquier ley que considere que viola la Constitución. Y volverlo a poner donde estaba: en la Sala de Casación.
Pero crearon una sala específica. A la cual, además, le encargaron la resolución de los recursos de amparo, que desde su creación en 1949 los venían resolviendo a satisfacción del país, los jueces locales de primera instancia. Además, no exigieron lo que debieron haber exigido en materia de requisitos para ser magistrado constitucional: edad madura (digamos 40 o 45 años), experiencia administrativa (haber sido diputado o ministro), experiencia en la enseñanza del Derecho, y en el departamento legal de alguna institución autónoma del Estado. En resumen, conocimiento íntimo del Estado. Y llenaron la nueva Sala de bisoños que incluso cambian de criterio y hoy dicen sí a lo que ayer dijeron no (la reelección presidencial). Es cuestión de insistir.
La reforma debe comenzar por devolverle a los jueces de primera instancia el conocimiento de los amparos (como tienen todavía, según entiendo, el de los recursos de habeas corpus que son más graves pues tienen que ver con la libertad personal), y luego una de dos cosas: o poner requisitos serios para formar parte de la Sala Cuarta, o de una vez devolverle a Casación el conocimiento de los recursos. Las leyes y los tribunales deben ser claros, lisos, curvos, ojala esféricos, para que no tengan aristas.

Alberto F. Cañas
afcanas@intnet. co.cr

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