CHISPORROTEOS
Alberto Cañas afcanas@intnet.co.cr | Sábado 15 agosto, 2009
CHISPORROTEOS
Hace días vengo dándole vueltas a la idea de una ley que en Costa Rica se hace cada día más necesaria, y es la que castigaría con una fuerte multa a toda madre que le profetice a su niño que va a ser Presidente de la República (por ahora no habría necesidad de incluir a las niñas). Revisen ustedes las últimas décadas y verán la cantidad de precandidatos, candidatos y candidotes que lo han sido sin otro mérito que el de que su señora madre les hizo la predicción. Pues señores, ¡a castigar esa fuente de desorden político!
Y dándole vueltas a ese asunto y observando la cantidad de ciudadanos que se vienen disputando candidatura presidencial en partidos cuatrogáticos, he caído en la cuenta de que sólo lo hacen con la finalidad de incluir cada uno en su respectivo curriculum vitae, el haber sido candidato a la Presidencia de la República. (¡Pucha, qué importante debe ser ese señor!, dirán en el futuro los extranjeros que tengan relaciones con él.)
Y se me ha ocurrido que el país podría ahorrar energías y los interesados cruentas sumas de dinero, si se dictara una ley que disponga que todo ciudadano (digo ciudadano y no habitante porque habría choques con la Constitución), tiene derecho a incluir en su curriculum vitae el haber sido candidato o pre-candidato a la Presidencia de la República.
En esa forma, las pre-candidaturas quedarán satisfechas en su finalidad esencial y se les ahorrará a los interesados una suma de dinero que a lo mejor les iba a hacer falta en el futuro para propósitos más útiles. Simplemente, incluirán el asunto en sus biografías, y podrán desentenderse de él. De paso les ahorrarán esfuerzo y dinero a los partidos y al país, y solo serán candidatos, y pre-candidatos (como en los buenos tiempos de la democracia costarricense), los que tengan méritos adicionales al de haber sido ilusionados por sus señoras madres, y aún por sus señoras esposas, que de todo hay.
Por supuesto, la ley no podría incluir a todo el mundo, Sólo a los que llenen los requisitos del artículo 131 de la Constitución: ser costarricense por nacimiento, ciudadano en ejercicio, del estado seglar y tener más de treinta años. De manera que mi ley no favorecerá a naturalizados, ni a sacerdotes ni a menores de 30 años.
Otra opción sería ponerles una multa, similar a la de las madres imprudentes, a los pre-candidatos que en la convención respectiva no alcancen un determinado porcentaje (digamos el 10%) de los votos.
Es que, convénzanse ustedes, no hay nada que luzca más que ufanarse de haber ocupado un alto cargo. Recuerdo que una vez que colgaron de los postes los rostros de don José María Vargas y don Gerardo Guzmán en 1948, el régimen de entonces integró un nuevo Tribunal Electoral compuesto por honorables desconocidos, que durante años fueron presentados internacionalmente por el partido Vanguardia Popular, como “ex-miembros del Tribunal Supremo de Elecciones”, cargo en el que, como es histórico, no duraron ni cuarenta días. Si me preguntaran quienes eran, respondería como acostumbrábamos responder los chiquillos de mi generación: “Sepa Judas”.
Ya que tenemos la monomanía de legislarlo todo, legislemos lo que he propuesto y mejorarán la Patria y la política.
afcanas@intnet.co.cr
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