Cárcel por hasta 36 años para acusados por “desapariciones forzadas”, impulsa diputada del PLN
Andrei Siles asiles@larepublica.net | Lunes 10 abril, 2023 10:30 a. m.
El arresto, detención, secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha condición, es el concepto que establece la Organización de Naciones Unidas para la “desaparición forzada”, delito que estaría tipificado en el Código Penal Costarricense.
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Así lo propone un proyecto de ley impulsado por la legisladora liberacionista Montserrat Ruiz, justificando su iniciativa por cuanto el país incumple lo establecido por la Convención Internacional para la Protección de todas las personas contra las Desapariciones Forzadas, adoptada por Costa Rica desde el 2011.
De aprobarse este proyecto, la administración de justicia estaría facultada para establecer penas de hasta 36 años de prisión para funcionarios públicos o persona que actuando con la venia del Estado ejecutara detenciones, secuestros o cualquier otra forma de privación de libertad con acciones consecuentes de desinformación sobre el paradero del ofendido.
Esta y otras penas incluidas en la reforma podrían reducirse hasta en un tercio o la mitad si los imputados contribuyeran a la aparición con vida de la víctima, brindando información para dar con su paradero, agrega el texto que próximamente será asignada a una Comisión para su trámite regular.