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Acuerdo de Escazú: democracia ambiental y desarrollo sostenible para una época de incertidumbre y urgencia climática

Lorena Aguilar Revelo loaguilar@rree.go.cr | Martes 15 enero, 2019

Foro Opinión

En los últimos días de septiembre, en el marco del segmento de Alto Nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas, 15 países de América Latina y el Caribe hicimos historia al firmar el primer tratado regional vinculante sobre el medio ambiente: el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe.

El Acuerdo de Escazú, llamado así por haber sido adoptado en esta ciudad de Costa Rica, es un instrumento pionero y visionario, uno de los más importantes acuerdos ambientales y de derechos humanos de los últimos 20 años, que materializa en un tratado de carácter obligatorio los tres derechos de acceso o derechos procedimentales consagrados en el Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Su objetivo, por ende, es el de “garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales”.

El Principio 10, al igual que el Acuerdo de Escazú, descansan sobre una premisa fundamental: para asegurar la protección del ambiente, el cumplimiento de los derechos humanos, el fortalecimiento de la democracia y la consolidación de un modelo de desarrollo sostenible, nuestros Estados tienen el deber de asegurar el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales.

Estos tres pilares, que son derechos per se e interdependientes, constituyen la vía irrevocable para asegurar el cumplimiento de otros derechos humanos; bien sea que hablemos del derecho a la libre asociación, a participar en el gobierno de cada país, pero también del derecho a un ambiente sano, al agua, a la salud, a la alimentación y el derecho a vivir en paz y en dignidad.

El camino para lograr un instrumento ambicioso y robusto como el que obtuvimos no estuvo exento de dificultades y arduas discusiones. A pesar de ello, debemos decir con profundo orgullo que luego de casi seis reuniones preparatorias y negociaciones, con la destacada participación de autoridades del Ministerio de Ambiente y miembros del cuerpo diplomático costarricense, América Latina y el Caribe consiguió, gracias al liderazgo de Costa Rica y otros, un tratado ambiental a la altura de los desafíos de nuestra época.

Precisamente, hace apenas unos días el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático rindió un informe con base en 6 mil estudios científicos, en el que nos alertan sobre la hecatombe ambiental y climática en ciernes, si nuestros países no toman las decisiones adecuadas y necesarias en los próximos 12 años. Hablamos que lo que está en juego es la dignidad y la vida cientos de millones de personas, y en última instancia, la supervivencia de la especie.

No basta sin embargo con ubicar a la persona en el centro de nuestras decisiones; debe ser también artífice de las acciones que llevemos adelante, privilegiando su comprensión de lo que está en juego, y porque solo de esa manera tendremos la legitimidad y apoyo suficiente para tomar las medidas urgentes; las cuales implicarán, en muchos casos, transformaciones radicales en patrones de consumo, producción y vida.

Las disposiciones del Acuerdo de Escazú marcan un estándar en materia de los derechos de acceso, pero además reflejan una auténtica toma de conciencia sobre nuestras particularidades como región.

América Latina y el Caribe es hoy la región más peligrosa del mundo para los y las defensoras ambientales. De los 908 asesinatos de defensores de derechos humanos ambientales ocurridos entre 2002 y 2013, el 90% ocurrió en nueve países, seis de ellos en este hemisferio. Por ello, nuestros países dieron un valiente e inequívoco paso en incluir, por primera vez en la historia del derecho internacional ambiental, disposiciones para garantizar un entorno seguro y propicio para las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales, sin amenazas, restricciones, e inseguridad.

Continuando la gesta iniciada en 2012 con la Declaración para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río, seguida por la adopción del acuerdo en marzo de este año, Costa Rica de la mano con una masa crítica y comprometida de países dio un nuevo paso de gigantes para hacer realidad más pronto que tarde la aplicación de este instrumento. En los próximos meses, deberemos redoblar los esfuerzos para su ratificación y pronta entrada en vigor.

La alegría de lo conseguido no puede distraernos del objetivo final que es la plena implementación del acuerdo. Por ello, invito a todos los actores políticos de los tres poderes del Estado a comprometernos con su cabal aplicación. Pero sobre todo, hago un llamado a todos los actores económicos y sociales a involucrarse efectivamente con su exigibilidad y aplicación, en el marco de un pacto que debemos iniciar desde ahora para lograr el verdadero desarrollo sostenible que las generaciones del presente ansían y que las del futuro nos reclaman.


Lorena Aguilar Revelo

Viceministra

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica










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