Génesis de un derecho
| Sábado 15 noviembre, 2014
No interesa de quién es el mérito sino el legado a nuestra cambiante sociedad
Génesis de un derecho
Este noviembre resulta épico para la comunidad LBGTi (lesbianas, bisexuales, gays, trans e intersexo) de Costa Rica porque después de siete años de trámites, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) confiere el derecho a parejas del mismo sexo de asegurar a su conviviente en dependencia económica en igualdad de condiciones de como lo hacen las parejas heterosexuales, según el Reglamento de Seguro de Salud que había estado vigente por muchos años, en forma discriminatoria.
Todo se originó el 10 del 12 de 2006 (fecha alusiva a los artículos del reglamento en conflicto) cuando este servidor, en conjunto con el Centro de Investigación y Promoción para América Central de Derechos Humanos (CIPAC), representado por Francisco Madrigal y Daria Suárez Rehaag, presentamos un Proyecto de Modificación del Reglamento del Seguro de Salud en sus artículos 10 y 12 por considerarlos contrarios a los derechos humanos, en especial al derecho a la salud, de suma prioridad toda vez que sin salud no se pueden disfrutar a plenitud otros derechos.
En esa ocasión invitamos todo tipo de prensa mas no llegó un solo periodista dado que no se trataba de un escándalo gay. Aún la prensa no tenía la madurez sobre este tema que alcanzó hoy.
Este proyecto era el alma de mi tesis de grado “Análisis socio-jurídico de la desprotección legal que tienen las parejas de homosexuales convivientes en Costa Rica”, defendida en agosto de 2007 y donde planteé que debido a que nuestra Constitución Política no ha podido modificarse para equiparar los derechos de las parejas de homosexuales a los de las heterosexuales, debíamos “pellizcar” el Ordenamiento Jurídico hasta que este se abriera y empezara a derramar derechos antes negados. Ahora vemos que la tesis propuesta lleva razón de ser.
Ahora bien, en aquel entonces nos negaron citas con funcionarios de la CCSS hasta que un año y resto después, rechazaron la modificación propuesta aduciendo que la relación entre parejas del mismo sexo no existía en las leyes y por eso el Estado no puede hacer lo que no le indica la ley, como en este caso.
No insistimos debido a que el CIPAC tuvo una reestructuración y, además, este tópico se había incluido en proyectos de ley como sociedades civiles y/o de convivencia en la Asamblea Legislativa.
El jueves 22 de mayo del corriente, la Junta Directiva de la CCSS aprobó por unanimidad la modificación a los mismos artículos 10 y 12 del Reglamento, en este caso por iniciativa del directivo José Luis Loría.
La sociedad madura, aunque sea cada siete años. Esta es la respuesta precisa para ampliar derechos a la necesidad comprobada de un grupo de personas marginadas de los servicios de salud debido a su orientación sexual, y que en 2006 planteamos en la tesis a fin de mejorar su calidad de vida logrando la inclusión a los servicios universales de salud.
No interesa de quién es el mérito sino el legado a nuestra cambiante sociedad.
chilenitico@racsa.co.cr