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Acerca de toreros improvisados

| Jueves 10 enero, 2013


El torero improvisado no es un trabajador, por lo que no lo ampara la póliza de Riesgos del Trabajo. El decreto 34489- S-MSP- G del 23 de enero de 2008, establece que se debe adquirir una póliza


Acerca de toreros improvisados

En relación con la nota de La Machaca, en LA REPÚBLICA del 8 de enero de este año, deseo manifestar lo siguiente:
El Instituto Nacional de Seguros (INS) no pagará facturas de personas que no acrediten ser titulares de una póliza de accidentes como la que aplica en el caso de los toreros improvisados.
El torero improvisado no es un trabajador, por lo que no lo ampara la póliza de Riesgos del Trabajo.
El decreto 34489- S-MSP- G del 23 de enero de 2008, establece que se debe adquirir una póliza. Pero la responsabilidad de otorgar el permiso del espectáculo taurino no es del INS, es de la municipalidad respectiva. Por tanto, si la municipalidad otorga el permiso para la actividad taurina, no cabe imputarle al INS la responsabilidad por la atención del torero improvisado, que no cuenta con póliza de seguro.
Además, ¿por qué regla de tres, ahora que estamos en competencia, la CCSS pretende cobrarle al INS una cobertura de gastos médicos de una póliza de accidentes inexistentes? ¿Por qué no se la cobra a otra cualquiera de las empresas aseguradoras?
El decreto de enero de 2008 estableció el procedimiento. La ley Reguladora del Mercado de Seguros (8 de agosto de 2008).
Según el artículo 7 de ese decreto es ilegal la permanencia en el redondel de personas que no laboren para la Comisión de Festejos Populares, que no sean miembros de la Comisión, ni sean autoridades policiales o sanitarias.
De ello queda claro que la presencia de los toreros improvisados es ilegal.
Al abrir el mercado a la competencia se dejó sin efecto cualquier responsabilidad exclusiva que se le hubiese imputado al INS en su condición de monopolio, si es que se le imputó.
A partir de la apertura (8-8-2008) el empresario taurino es libre de comprar la póliza de accidentes para los improvisados a cualquiera de las aseguradoras establecidas. Si el empresario no compra la póliza y obtiene el permiso de operación taurina de la respectiva municipalidad, estos actos ilegales no pueden derivar responsabilidad alguna para las empresas aseguradoras.
Si hay póliza suscrita con el INS, el INS asumirá única y exclusivamente las responsabilidades que establezca la cobertura contratada. Ni más ni menos.

Guillermo Constenla U.
Presidente Ejecutivo
Instituto Nacional de Seguros


 






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