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Reforma a la Ley de Licores no es doble moral

| Sábado 25 febrero, 2012


Reforma a la Ley de Licores no es doble moral

El comportamiento humano es complejo y altamente dinámico. Los valores que predominaban hace unos años en nuestra sociedad, quizás hoy hayan sido sustituidos por otros que mejor se adapten a la realidad imperante. Así las cosas, el derecho y la normatividad deben adecuarse a las nuevas exigencias sociales con el propósito de no perder vigencia en el tiempo.
Ejemplo de lo anterior lo representa la Ley Sobre la Venta de Licores, Ley N°10 que data de 1936. Sus disposiciones hoy son prácticamente anacrónicas, fuera de contexto, superadas por la realidad de nuestros pueblos.
Tan solo para darnos una idea, esta ley dispone multas de ¢50 por vender licor al menudeo y que establece un pago trimestralmente a las municipalidades de entre ¢75 y ¢300. De ahí la importancia de que el y la legisladora hayan identificado la urgente necesidad de promulgar un marco regulatorio moderno y oportuno con relación al consumo y venta de bebidas alcohólicas.
Desde esa perspectiva, el expediente 17.410 “Ley para la Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico”, aprobado en primer debate y en consulta facultativa ante la Sala Constitucional, contiene aspectos relevantes que merecen ser destacados.
Este proyecto les devuelve autonomía a los gobiernos locales para regular el otorgamiento de licencias, genera nuevos y mayores ingresos para ser invertidos en el desarrollo local, elimina el mercado irregular de patentes de licores, actualiza los montos a pagar por el uso de las licencias, establece fuertes multas económicas por incumplimientos y crea tipos penales con sanciones de prisión.
No obstante, lamentablemente hay otros temas que han sido tergiversados y malinterpretados. No es cierto que se fomente la proliferación de puntos de venta, pues el otorgamiento de licencias no queda a la libre toda vez que cada Concejo, atendiendo su realidad cantonal y los principios de proporcionalidad, racionalidad y las normas establecidas por los Planes Reguladores, dispondrá los parámetros a partir de los cuales estas se concederán.
Igual aplica para determinar la distancia en la que se ubicarán los establecimientos que vendan bebidas alcohólicas, con un mínimo de 200 metros de centros de estudio e iglesias. Es decir, el ayuntamiento tendrá la facultad de permitir o prohibir el funcionamiento de este tipo de comercios a partir de 300, 400, o 500 metros según sea el caso.
Esta ley no es de doble moral como han dicho por ahí. Doble moral es querer mantener la vigencia de una ley con más de 76 años cuando en nuestras comunidades los bares y cantinas están frente a escuelas o colegios. Doble moral es obstruir un proyecto de ley que pretende ordenar la venta de bebidas alcohólicas mientras somos omisos frente al lucrativo negocio de las patentes para algunos inescrupulosos. Doble moral es no aceptar que el consumo desmedido de licor en este país es un problema de salud, cultural y de educación, donde han fallado en la prevención tanto las instituciones como los padres de familia.

Siany Villalobos Argüello
Diputada






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