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¿Qué deben tomar en cuenta las empresas con la Reforma Procesal Laboral?

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Viernes 29 abril, 2016


“Las empresas son las que en un juicio laboral deben demostrar que lo que el trabajador afirma no es correcto y por ende, es muy importante, realizar una evaluación de cumplimiento de la legislación”, dijo Lupita Quintero, socia y especialista en materia laboral del equipo de Nassar Abogados Centroamérica. Gerson Vargas/La República


La reducción de los juicios laborales, el acceso a la defensa pública para quienes no puedan pagar un abogado y nuevas reglas en cuanto al despido, son algunos de los cambios que introducirá la Reforma Procesal Laboral (RPL), la cual representa el cambio más significativo al Código de Trabajo desde su promulgación en 1943.
Lupita Quintero, socia y especialista en materia laboral del equipo de Nassar Abogados Centroamérica, recomienda a las empresas realizar una evaluación de cumplimiento de la nueva legislación, así como sistematizar y ordenar lo concerniente a las relaciones laborales con sus empleados, pues dentro de poco, las empresas deberán demostrar en los tribunales, que lo dicho por sus empleados no es cierto.

¿Cuáles son los principales cambios que introduce la Reforma Procesal Laboral?
En términos generales, la Reforma Procesal Laboral (RPL) modifica la tramitación de los procesos laborales en sede judicial y administrativa a través del Ministerio de Trabajo, así como las disposiciones relacionadas con el derecho laboral colectivo, como serían las negociaciones colectivas y las regulaciones en torno a la huelga.
En cuanto a los aspectos regulatorios de la relación laboral que podrían tener impacto a nivel individual, se pueden resumir en varios puntos.
Si bien antes de RPL ya existía la prohibición de discriminación en el empleo por razones de edad, género, etnia o religión, en esta reforma la prohibición se extiende respecto de la filiación a organizaciones sindicales, discapacidad, situación económica, opinión política, orientación sexual y nacionalidad, determinándose la ilegalidad del despido en estos casos por considerarlo discriminatorio.
Por otra parte, se concede a los trabajadores con ingresos inferiores a dos salarios base, el beneficio de asistencia legal gratuita para la interposición de demandas laborales judiciales.
Asimismo, la entrega de la carta de despido se convierte en obligatoria cuando la terminación del contrato se refiera a la existencia de una falta imputable al trabajador.
La entrega de la carta debe hacerse en forma personal, de lo contrario, debe hacer entrega al Ministerio de Trabajo dentro de los diez días siguientes.
Esa misiva de despido debe contener de manera clara la razón del cese y cómo la norma fue violentada.
En caso de demanda, el patrono quedará circunscrito a demostrar la existencia de la causa alegada en la carta de despido, y no podrán argumentarse otras razones.

¿Se podría considerar esta reforma como el cambio más significativo en materia laboral desde la promulgación del Código de Trabajo?
Definitivamente lo es por muchas razones.

¿A partir de cuándo entrará en vigencia la nueva ley?
La nueva ley fue aprobada durante 2015, sin embargo, tiene un transitorio que no la hará aplicable hasta el 25 de julio de 2017.

En cuanto a la oralidad de los juicios, ¿qué ventajas y desventajas podría acarrear para las empresas?
La ventaja de la oralidad es que permite una pronta resolución de los procesos y la aplicación de los principios de concentración e inmediatez, con lo cual el juez está en más contacto con las partes, lo cual favorece la búsqueda de la verdad real. A la vez, se dictaría la sentencia luego de la audiencia de recepción de pruebas y de forma inmediata.
En realidad no hay desventajas porque la mora judicial perjudica tanto a trabajadores como a empleadores, que en caso de ser condenados se incrementan, dependiendo del caso, los montos a cancelar por salarios caídos, intereses e indexación.
Los juicios laborales durarán menos ahora que empiece a regir la ley.

¿Qué consejos se les puede dar a las empresas para evitar el incumplimiento de la nueva legislación laboral?
Las empresas son las que en un juicio laboral deben demostrar que lo que el trabajador afirma no es correcto y por ende, es muy importante, realizar una evaluación de cumplimiento de la legislación; por ejemplo, si se firman contratos de trabajo, si se entrega un comprobante del pago con el detalle suficiente para acreditar los diferentes pagos, así como si se cuenta con una política interna de prevención del acoso y hostigamiento sexual entre otros temas.

Con la incorporación de defensores públicos, ¿se prevé un aumento en el número de juicios?
Es muy probable que esto suceda, sin embargo, el impacto no sería muy alto porque se debe recordar que para los trabajadores no es obligatorio contar con un abogado para presentar una demanda.

¿Cuáles condiciones debe reunir un trabajador para acceder a la Defensa Pública?
Lo establece el artículo 454 de la Reforma, el ingreso del trabajador no puede superar dos salarios base del cargo de auxiliar administrativo.
Sin embargo la citada limitación económica no rige para las madres y menores de edad respecto a la asistencia especial del Estado a que tiene derecho ni para casos de discriminación.

¿Contempla la ley el fortalecimiento del Departamento de Inspección de Trabajo del Ministerio?
Efectivamente, principalmente en lo que respecta al proceso para que una huelga pueda ser declarada legal. En ese sentido, habrá un mayor involucramiento.

¿Establece la reforma procesal laboral condiciones más laxas a lo interno de la empresas y el Gobierno, para la creación de sindicatos?
No hay ninguna modificación a lo que actualmente señala el Código de Trabajo.







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