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NACIONALES


"País debe salir de lista de paraísos fiscales en 2011"

Natasha Cambronero redaccion@larepublica.net | Jueves 12 agosto, 2010




Urgencia es renovar normativa tributaria que permita una mejor evaluación, afirmó Fernando Herrero, ministro de Hacienda
“País debe salir de lista de paraísos fiscales en 2011”
Acceso a la información bancaria y ausencia de convenios para intercambiar información con otros países son los lunares por resolver mediante proyecto de ley

Desde mayo del año pasado el país corre por salirse de las principales “listas negras” de naciones que estarían facilitando la evasión fiscal. Pero no fue hasta este año que el Gobierno logró satisfacer las demandas internacionales para que las aguas vuelvan a la calma.
El incumplimiento de convenios de intercambio de información tributaria y la barrera que representa el secreto bancario ante una investigación de esta naturaleza le han valido al país cuestionamientos por parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en particular del Gobierno francés.
El tema desató recelo, porque ni empresarios ni personas físicas se sienten cómodos sabiendo que una persona tendrá el poder de revisar cuentas bancarias. El proceso de negociación llegó a un punto intermedio y en abril, Jenny Phillips, actual viceministra de Hacienda, y el anterior presidente, Oscar Arias, dejaron la solución en un proyecto de ley que la Asamblea discutirá en los tres meses venideros.
Para ahondar en los alcances de este, Fernando Herrero, ministro de Hacienda, conversó con LA REPUBLICA respecto a las novedades y cambios que marcaría la aprobación de esta propuesta.

¿Existe un compromiso de aprobar este proyecto en un plazo determinado?

No. Sin embargo, en el primer semestre de 2011 el Foro Global para la Transparencia y el Intercambio de Información Tributaria enviará un grupo de análisis dentro del proceso del “peer review”, con el fin de determinar el grado de avance del país en esta materia, lo cual podría implicar nuestra salida o permanencia en la lista gris de la OCDE.

¿Y en el caso del Gobierno francés?

El Ministerio de Finanzas revisará su lista de paraísos fiscales en enero próximo, lo cual puede implicar que sigamos bajo las sanciones que Francia nos está aplicando, lo que paraliza la inversión de esa nación en el país así como la posibilidad de contar con un vuelo directo París-San José.

¿Cuáles cambios plantea la reforma?

Permitiría un acceso a la información bancaria en condiciones diferentes a las que existen. Actualmente, no se permite una buena fiscalización de los contribuyentes que pretenden evadir impuestos o defraudar al fisco. La actual ley tampoco cumple el estándar internacional en materia de intercambio de información tributaria, requisito que la comunidad internacional nos ha estado pidiendo.

¿Cuál será el papel del Instituto contra Drogas (ICD), única entidad que actualmente pide el levantamiento del secreto bancario en el país?

El trabajo que el ICD hace no tiene, ni tendrá, ninguna relación con el que realiza el Ministerio de Hacienda. El ICD investiga sobre lavado de dinero, proceso absolutamente independiente del trabajo que realiza el Ministerio como administración tributaria.

¿Puede Tributación solicitar al juez levantar el secreto bancario de cualquier persona?

De acuerdo con lo que disponen tanto la legislación actual como el proyecto (que discuten los diputados), la administración tributaria puede solicitar la información de trascendencia tributaria, deducida de sus relaciones económicas, financieras y profesionales con otras personas.

¿Cuáles serán los controles que se implementarán para evitar la venta o divulgación de esta información?

El Código de Normas y Procedimientos Tributarios prohíbe la divulgación de este tipo de información y castiga con cárcel a quien la divulgue. De igual forma la Dirección General de Tributación tiene sus controles para evitar malos manejos de información, los cuales no han permitido que en la actualidad esta se difunda.

¿Queda abierto el “barrido” de información bancaria?

No, el proyecto de ley prevé el mecanismo de la justificación de información caso por caso, bajo el concepto de determinar por qué la información que se solicita es previsiblemente pertinente para una investigación o un proceso de fiscalización.

¿Quién en Tributación administrará este poder?

Recae en el director general de Tributación.

¿Cuándo puede un juez rechazar el levantamiento del secreto bancario?

Se deberá justificar por qué la información que se solicita tiene utilidad dentro de un proceso de fiscalización o investigación. Si alguno de estos elementos no se le hacen llegar al juez, éste podrá rechazar el levantamiento de la información solicitada.

¿Cómo funcionará el proceso cuando lo pida otro país?

La administración tributaria deberá verificar que la solicitud identifique claramente al contribuyente del cual se solicita información. Seguido de ello, se deberá comprobar que la solicitud cumple con algún convenio internacional de intercambio de información tributaria entre Costa Rica y ese país.

¿Por qué el proyecto no viola el principio de confidencialidad resguardado por la Constitución Política?

La Carta Magna no exceptúa que el secreto bancario pueda ser levantado por razones tributarias, tal y como lo señala un voto de la Sala IV: “de lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución se desprende, con claridad que en él no se establece ni tampoco se regula el denominado “secreto bancario”, razón por la que tanto su instauración como su regulación en el ordenamiento jurídico es medularmente legal y constitucional”.

¿Cuáles modificaciones se pretenden hacer al Código Tributario?

En la propuesta se modificarán algunos artículos para mejorar el acceso de información en poder de las instituciones públicas, se amplía el plazo para mantener libros, se adiciona la posibilidad de permitir el traslado de información a otros países.

Natasha Cambronero
ncambronero@larepublica.net






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