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Viernes, 6 de diciembre de 2024



INVERSIONISTA


¿Devoluciones de IVA?

Rafael Luna rluna@consortiumlegal.com | Lunes 17 agosto, 2015




¿Devoluciones de IVA?

El Gobierno ha señalado que con el nuevo IVA propuesto se pretende incluir un régimen para su devolución a los hogares de menores ingresos que registra el INEC.
Esta medida obviamente intenta aliviar el efecto regresivo que se le critica a este impuesto y en ese sentido la idea es buena.
Sin embargo, no existe ninguna claridad en la forma en la que este sistema se implementaría.
Si la idea es vender un proyecto “no regresivo” y el texto del impuesto ya está preparado, debe darse mucho más que una simple declaración de intenciones; por ejemplo, al menos un borrador de cómo se implementaría, porque lo que puede ocurrir es que se apruebe el proyecto, pero no se pueda en la realidad aplicar el sistema.
De entrada se anuncia que “para la implementación de este mecanismo, el Gobierno tendrá un periodo máximo de 24 meses desde la entrada en vigencia de la ley”.
Entenderíamos entonces que aunque se hagan todos los esfuerzos, no habrá devoluciones por dos años, al menos.
¿Qué pasa con esos dos años?, ¿se van acumulando o las devoluciones solo son para bienes y servicios pagados después de esa fecha?
A eso sumarle el tiempo que dura la Administración para realizar las devoluciones de cualquier impuesto (meses o años) mientras que hacen todas las comprobaciones. ¿Generarían intereses los retrasos?
En todo caso, no existe ninguna garantía de que se cumplirá con ese plazo o simplemente de que el sistema sea practicable.
Ya hay muchos antecedentes de retrasos de la Administración Tributaria en plataformas tecnológicas; por ejemplo, la declaración de precios de transferencia, que es un simple formulario de declaración.
Pero este sistema sería muchísimo más complicado y además requiere una excelente coordinación interinstitucional entre el IMAS, INEC y Ministerio de Hacienda y el Sistema Nacional de Información y Registro único de Beneficiarios. De entrada parece un reto formidable desde el punto de vista tecnológico, registral, de control y financiero.
Además, hay que partir del hecho de que la medida va dirigida a muchas personas que probablemente no tengan cuentas bancarias, con lo cual solo el proceso de apertura de dichas cuentas toma mucho tiempo y requisitos.
También se presenta el problema de cómo calcular las devoluciones.
Si fuera a través de la presentación de facturas, ¿cómo garantizar que no existan personas “recolectoras de facturas” o como procedería cuando en una familia todos los integrantes hacen compras?
¿O en los casos de contribuyentes que declaran bajo el sistema de renta simplificada?, ¿si el comprador les exige factura, esa factura o comprobante puede incluir artículos sin IVA y con IVA que no va reflejado en la factura?
¿Entonces van a existir personas revisando todas las facturas para seleccionar los productos que lo tienen y no lo tienen y hacer cálculos de cocientes para calcular las devoluciones? ¿Se sabe algo de los costos de implementación? ¿Ha sido exitoso este sistema en algún país?
Sin que nos den mayores explicaciones, esta idea no parece que tenga ningún viso de éxito y más bien parece una promesa de campaña para lograr la aprobación. Cuando se trata de dinero, los portillos pueden ser infinitos.
Muchos beneficios fiscales han resultado perjudiciales, no por la idea del beneficio, sino por no existir mecanismos prácticos de control que garanticen con simplicidad y tiempo razonable su correcta ejecución, lo que hace que los beneficios se desvíen a quien no eran dirigidos y que incluso a quienes fueran dirigidos no los pueden aplicar.

Rafael Luna
Abogado tributario
rluna@afc.cr







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